BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 26/06/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°       16  –  3391 –  2.006-1.-

DECRETO   N°                    0557.06.007.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Abril 2006.-

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE                          

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA

ARTICULO 1°.-  Publíquese en el Boletín Oficial la Ordenanza N° 4.575/2.005 (INSISTENCIA), sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Extraordinaria celebrada el día 16 de Marzo de 2.006, mediante la cual y en virtud  de las disposiciones contenidas en el Artículo 45° Inc. a) del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3.898/2.003), se exime del pago de la Tasa por los Servicios de Recolección de Residuos, Barrido, Limpieza de Calzada, Transporte, Disposición Final y Gestión de Cobranza que efectúa la Empresa LIMSA, a la Señora EVARISTA LAMAS, D.N.I. N° 2.503.077, por el inmueble de su propiedad individualizado como Circunscripción 1, Sección 14, Lote 13, Manzana 12B, Padrón 13483, ubicado en calle Pedro del Portal N° 691 del Barrio Ciudad de Nieva de esta Ciudad; correspondiente a los períodos 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005 inclusive, por ser persona de escasos recursos económicos.-

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

26 JUNIO S/C