BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 21/05/21

DECRETO N° 3279-A/2021.-

EXP. N° 1100-186-2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 MAYO 2021.-

VISTO:

La solicitud de autorización al llamado a Licitación Pública Internacional destinada a la “Segunda Adquisición de Equipos para el Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy”- Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy- Contrato de Financiamiento del BEI: FI Nº 8809-Serapis Nº 2017-0224”, y;

CONSIDERANDO:

Que, la documentación obrante cumple con los recaudos legales previstos en la Guía de Contratación Pública para Proyectos Financiados por el Banco Europeo de Inversiones(B.E.I.), de conformidad con lo establecido en el Contrato de Financiamiento BEI: FI Nº 88098-Serapis Nº 2017-0244.

Que, Fiscalía de Estado emitió dictamen legal debidamente compartido por el Señor Coordinador del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado, aconsejando gestionar ante el Poder Ejecutivo la correspondiente autorización para el presente llamado a licitación pública internacional, recomendando que previo a la adjudicación se cuente con el correspondiente respaldo presupuestario.

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-  Autorizase al Ministerio de Ambiente a efectuar el llamado a Licitación Pública Internacional para la “Segunda Adquisición de Equipos para el Sistema de Gestión  Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy”, Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy- Contrato de Financiamiento BEI FI Nº 88098- Serapis Nº 2017-0224”, quedando facultado para continuar, adjudicar, aprobar, y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo Nº 3716- H- 1978, Decreto Acuerdo Nº 878- HF- 16, Ley Nº 4785, Ley Nº 4985 de Administración Financiera y Control para la Provincia de Jujuy, y rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2º.-  Facultase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias para afrontar la erogación que importa el presente decreto.-

ARTÍCULO 3º.-  El presente decreto será refrendado por los Ministros de Ambiente y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR