BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 21/05/21
DECRETO Nº 2541-ISPTyV/2020.-
EXPTE Nº 600-396-2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Facúltase con carácter provisional al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, para que “ad referéndum” de la Secretaria de Vivienda y Hábitat dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación o el organismo que resulte competente, disponga y aplique los fondos remanentes provenientes del Convenio (CONVE-2017-11049845-APN-SECVYH#MI) suscripto en fecha 6 de Junio de 2017 con la Secretaria de Vivienda y Hábitat dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.‑
ARTICULO 2°.- Los fondos aludidos en el Artículo 1°, tendrán como destino la obra que tramita por Expediente N° 600-318-2020, caratulado: “CONSTRUCCIÓN PUESTO DE SALUD- TERMINACION DE OBRA CIVIL”, debiendo el organismo cumplir con las previsiones de la Ley N° 1.864, normativa aplicable, ejecución y rendición de cuentas.
ARTICULO 3°.- Instrúyase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, para remitir copia del presente Decreto a la Secretaria de Vivienda y Hábitat dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, u organismo competente, para cumplimiento y ratificación del destino y aplicación de fondos, conforme lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° precedentes.-
ARTICULO 4°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, sólo en caso de no obtenerse la ratificación del destino de fondos, de modo que resulte procedente e ineludible reintegrarlos, queda facturado para efectuar las modificaciones y transferencias presupuestarias necesarias.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 6°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para su publicación y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga al Ministerio de Hacienda y Finanzas para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a demás, efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR