BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 21/05/21

DECRETO Nº 2236-S/2020.-

EXPTE. Nº 714-1046/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Dr. Luis Alfredo Iogna Prat, CUIL 20-16591753-8, categoría C (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley 4418 del Hospital “San Roque”, con el adicional por permanencia en guardia del 90% a partir del 23 de diciembre de 2012.-

ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a las partidas presupuestarias “3-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, la erogación que demande el pago del adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Luis Alfredo logna Prat, correspondiente al 90% sobre la categoría de ingreso a partir del 01 de enero de 2015 por encontrarse prescriptos los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los artículos 4027 del Código Civil Argentino, 2537 y 2563 del Código Civil y Comercial de la Nación.-

EJERCICIO 2020:

La partida de Gastos en Personal, asignada, a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-02 Hospital Pablo Soria.-

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR