BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 21/05/21
DECRETO Nº 2225-E/2020.-
EXPTE Nº 1085-198-19.-
C/Agregado 1085-108-19; 1085-107-19; 1085-106-19; 1085-105-19; 1085-104-19; 1085-103-19; 1085-102-19; 1085-101-19; 1085-104-19; 1085-100-19; 1085-99-19; 1085-98-19; 1085-109-19; 1085-160-19; 1085-159-19; 1085-158-19; 1085-157-19; 1085-156-19; 1085-155-19; 1085-154-19; 1085-153-19; 1085-152-19 y 1085-151-19.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente N° 1085-198-19 con agregados 1085-108-19; 1085-107-19;_1085-10619; 1085-105-19; 1085-10419; 1085-103-19; 1085-102-19; 1085-101-19; 1085-100-19; 1085-99-19; 1085-98-19;1b85-109-19; 1085-160-19; 1085-159-19; 1085-158-19,1085157-19, 1085-156-19; 1086-155-19; 1085-154-19; 1085-153-19; 1085-152-19 y 1085151-19, caratulado “DIRECCION DE TRANSPORTE EDUCATIVO 5/EXPEDIENTES IMPAGOS EJERCICIO 2018 – BEGUP- BOLETO ESTUDIANTIL GRATUITO Y UNIVERSAL”; cuando por ‘derecho corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26 “Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020 Ley N° 6149, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.-
ARTICULO 2°.- EI presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial pára publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provine. I de Presupuesto para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación para demás efectos y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR