BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 21/05/21

Dra. Mirta  del M. Vega- Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, en el Expte. Nº D-023431/2018, caratulado: Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ MIRANDA, EMANUEL  MARTIN, procede a notificar al SR. EMANUEL MARTIN MIRANDA D.N.I. Nº 39.738.801 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe: “San Pedro de Jujuy, 21 de diciembre de 2018.- I.- Téngase por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en nombre y representación de CREDINEA S.A, a mérito de copia juramentada de Poder General para Juicios, por constituido domicilio legal, por parte.- II.- De conformidad a lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. EMANUEL MARTIN MIRANDA DNI: 39.738.801 en el domicilio denunciado, por la suma de pesos Veinticinco Mil Cincuenta y Ocho con 60/100 ($25.058,60) en concepto de capital, con más la suma de pesos Doce Mil Quinientos Veintinueve con 30/100 ($12.529,30) calculada provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio.(…).- La citará de remate para que dentro del plazo de cinco días comparezca ante este Juzgado y Secretaría a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución.- IV.- Por igual término, se intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores cualquiera sea su naturaleza (arts. 52 y 154 del C.P.C.).- V.- A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto, líbrese Mandamiento al Sr. oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la Fuerza pública si fuese necesario.- VI.- Notificaciones en Secretaría, martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado.- VII.- Notifíquese.- Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón-Juez por Habilitación, ante mí Dra. Lilian Inés Conde- Secretaria.- Otra providencia: “San Pedro de Jujuy, 21 de abril de 2021. I.-…-II.-…-III.- Atento las constancias de autos  y conforme se solicita en el escrito presentado por el Dr. Carlos A. D. Aguiar ordénese la notificación por edictos al demandado SR. EMANUEL MARTIN MIRANDA, conforme lo prevee el art. 162 del CPC. Para el caso que el demandado no se presente a hacer valer sus derechos se le designará oportunamente un Defensor Oficial, que por  turno corresponda.-IV.- Notifíquese (Art.  155 C.P.C.).- Fdo. Dra. Mirta Del Milagro Vega- Jueza, Ante Mi  Dr. Gonzalo E. Ilan- Firma Habilitada” San Pedro de Jujuy, 21 de Abril de 2021- Notifíquese  por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y Diario local.-

 

17/19/21 MAY. LIQ. N° 23738 $1.038,00.-