BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 12/05/21

La Dra. Norma Jiménez- Juez del Tribunal de Familia- Sala II- Vocalía 4 de la provincia de Jujuy, presidente de trámite en el Expte. C-161186/20, Cesación de Cuota Alimentaria: MAMANI, LUIS CANDIDO c/ MAMANI, CARMEN CELIA hace saber que en los presentes autos se han dictado los siguientes decretos: “San Salvador de Jujuy, 10 de Junio de 2020.-1.- Téngase por presentado al Dr. Vivas Manuel, por constituido domicilio y por acreditada la representación invocada a favor del Sr. MAMANI LUIS CANDIDO D.N.I. Nº 22.461.794, a mérito de la carta poder que luce agregada a fs. 2 de autos.- 2.-….-3.- Notifíquese por Cedula.- Diligencias a cargo del promotor de autos.- Fdo. Dra. Estrella A. Eliazarian- Juez- Ante Mi Dra. Eugenia Jorge- Firma Habilitada”; “San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre de 2020.-I.- Por devuelto el Expte. principal por el Archivo de Tribunales. II.- Admítase la presente y dése a la misma el trámite previsto por el art. 381 y c.c. del C.P. Civil.-III.- De la demanda de Cesación de Cuota Alimentaria interpuesta, córrase traslado a la demandada Sra. CARMEN CELIA MAMANI, D.N.I. Nº 40969.497, en el domicilio denunciado, por el término de diez días, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P. Civil).-IV.- Asimismo, intímesela a constituir domicilio legal en el término precedentemente señalado, dentro del radio asiento de este Tribunal de Familia-Vocalía IV, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 52 del C.P. Civil).- V.- Notificaciones en Secretaria: Martes  y jueves o el siguiente día  hábil si alguno de ellos fuere feriado.- VI.- Atento a lo solicitado en el punto V, líbrese oficio al BANCO MACRO a efectos de que procedan a Retener todos los fondos depositados y a depositar en la cuenta bancaria Nº.5-211-0001501029; abierta en el Expte. B-075046/2001, a la orden de este Tribunal y como pertenecientes al presente proceso. Ello, hasta tanto medie nueva disposición judicial.- VII.-…VIII.- Notifíquese por cédula. Ofíciese, Diligencia a cargo del peticionante.- Fdo. Dra. Estrella Eliazarian- Juez- ante mi Dra. Adriana Herrera- Secretaria-“; “San Salvador de Jujuy, 12 de Abril de 2021.- I.- Atento a lo solicitado por el letrado y desconociéndose el domicilio de la demandada, de conformidad al informe de la Secretaria Electoral que se adjunta y lo dispuesto por el art. 162 del C.P.C, Notifíquese a la demandada la providencia obrante a fs.16, mediante la publicación de Edictos.- II.- A tal efecto Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días, notificando el decreto de fs. 16 de autos, haciéndole saber a la accionada, que los términos empezaran a correr a partir del quinto día posterior a la última publicación y que las copias para traslado se encuentran en Secretaria a su disposición. III.- Notifíquese por cedula y mediante Edictos., diligencia a cargo del letrado.- Fdo. Dra. Norma Jiménez- Juez Habilitada- Ante Mi Dra. Adriana Herrera- Secretaria.- Secretaría, a los 29 días de Abril del 2021.-

 

07/10/12 MAY. LIQ. N° 23628 $1.038,00.-