BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 07/05/21

Nº 84.- Escritura Ochenta y Cuatro.- Sección “A”.- Rectificatoria y Aclaratoria de Escritura Pública de Constitución de “Grupo Z Soluciones en Seguridad S.R.L.”.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a Veintitrés días del mes de Abril del año Dos mil veintiuno, ante mí, Escribana Andrea Raquel Romero Zampini, Titular del Registro Notarial número Cuarenta y cinco, comparecen los señores CESAR ANIBAL ZALAZAR, argentino, Documento Nacional de Identidad número Treinta y un millones ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos tres, CUIT/CUIL 20-31845803-1, nacido el 20/08/1985, de 35 años de edad, empleado, y ANA SOLEDAD ROJAS, argentina, Documento Nacional de Identidad número Treinta y tres millones seiscientos noventa mil quinientos dos, CUIL/CUIT 27-33690502-3, nacida el 29/04/1988, comerciante; ambos casados en entre sí en primeras nupcias, con domicilio real, fiscal y legal en calle Oscar Orias N° 1072, Barrio San Francisco de Alaba de esta Ciudad, mayores de edad, hábiles y personas individualizadas en los términos del artículo 306, inciso b del C.C. y C.N.- Los comparecientes Exponen: I.-) Que prestan conformidad a la incorporación de sus datos a los ficheros de la notaría y a las remisiones de cumplimiento, las que autorizan; II.-) Que a la fecha no se registran sobre ellos restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad; III) Que constituyen domicilio especial a los efectos de la Ley 19.550 los establecidos en el comparendo; IV) Que conocen el contenido de la Resolución de la UIF N°11/11 y que no están incluidos y/o alcanzados por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; VI) Que mediante Escritura Pública N°69 DEL 07/04/2021, autorizada por la escribana actuante, constituyeron la sociedad denominada “GRUPO Z SOLUCIONES EN SEGURIDAD S.R.L.”; VII) Que por un error material e involuntario en dicha escritura en el ARTICULO PRIMERO, se consigno en forma errónea la designación de la sociedad, siendo la correcta “Grupo Z Soluciones en Seguridad S.R.L.” y no Grupo Z S.R.L. Soluciones en Seguridad.- VIII) Que dan a la presente escritura el carácter de rectificatoria y aclaratoria de la escritura antes mencionada; doy fe.- Constancia Notarial: El sellado de la presente escritura se encuentra exento en virtud del Art. 185 de la Ley Provincial N° 5.791-C.F.-.- Previa lectura y ratificación firman los comparecientes, ante mí, doy fe.-Firmado: Hay dos firmas ilegibles con sus aclaratorias, ante mí: ANDREA ROMERO ZAMPINI, está mi sello notarial.- Concuerda Con Su Escritura Matriz, la cual autoricé en el Protocolo del Registro Notarial N° 45, del cual soy titular, doy fe.- Expido Este 1° Testimonio en foja de Actuación Notarial número B-00144372, para “Grupo Z Soluciones en Seguridad S.R.L.”., en el lugar y a la fecha de su otorgamiento.- ESC. ANDREA R. ROMERO ZAMPINI- TIT. REG. Nº 45- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley Nº 19550.- San Salvador de Jujuy, 30 de Abril de 2021.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

07 MAY. LIQ. N° 21367 $507,00.-