BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 07/05/21
DECRETO ACUERDO Nº 2934-HF/2021.-
EXPTE Nº 500-128-2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Fíjense los montos que, como base o tope respectivamente, se establecen para cada forma de contratación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 19º del Decreto-Acuerdo Nº 3716-H-78 “REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO”:
a) LICITACIÓN PÚBLICA:
En compras o ventas cuyos montos superen los…………………..$ 25.000.000.-
En contrataciones de obras públicas cuyos montos excedan la suma de……………… $ 60.000.000.-
b) LICITACIÓN PRIVADA:
En compras o ventas cuyos montos no superen los………………. $ 25.000.000.-
En contrataciones de obras públicas cuyos montos no excedan la suma de………….$ 60.000.000.-
c) CONCURSO DE PRECIOS:
En compras o ventas cuyos montos no superen los………………. $ 15.000.000.-
En contrataciones de obras públicas cuyos montos no excedan la suma de ……………$ 35.000.000.-
d) CONTRATACIONES DIRECTAS:
En compras o ventas cuyos montos no superen los………………. $ 5.000.000.-
En contrataciones de obras públicas cuyos montos no excedan la suma de…………$ 15.000.000.-
ARTÍCULO 2º.- Los montos indicados se establecen como presupuestos oficiales para cada forma de contratación en los respectivos procedimientos de compras, ventas o contratación de obras públicas. En caso de que la mejor oferta presentada en el mecanismo de contratación empleado supere en más de un veinte por ciento (20%) el límite correspondiente, deberán cumplimentarse los requisitos exigidos para la modalidad que resulte aplicable.
ARTÍCULO 3º.- Toda contratación de publicidad, cuando se trate de sumas mayores a PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000) deberá ser autorizada por decreto del Poder Ejecutivo.-
ARTICULO 4°.- Las disposiciones del presente decreto-acuerdo rigen a partir de la fecha del mismo.-
ARTÍCULO 5º.- Previa Toma de Razón de Fiscalía de Estado, publíquese -en forma sintética- en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a conocimiento del Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerios de Hacienda y Finanzas, de Gobierno y Justicia, de Desarrollo Económico y Producción, de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, de Salud, de Desarrollo Humano, de Educación; de Trabajo y Empleo; de Cultura y Turismo; de Ambiente y de Seguridad. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR