BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 05/05/21

DECRETO Nº 2197-S/2020.-

EXPTE. Nº 725-220/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Téngase por otorgada y usufructuada la licencia sin goce de haberes, a favor de la Odontóloga Sandra Isabel Sosa, CUIL 27-21320482-9, en el cargo categoría C (j-1), Agrupamiento Profesional. Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-13 Hospital “Maimará”, por el período comprendido entre el 18 de febrero de 2017 y el 17 de febrero de 2018.-

ARTICULO 2º.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Odontóloga Fernanda Álvarez Prado, CUIL 27-32158716-5, en el cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01 13 Hospital “Maimará”, por el período comprendido entre el 18 de febrero de 2017 y el 17 de febrero de 2018.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, que a continuación se indican:

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado): Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR