BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 03/05/21
DECRETO Nº 2932-ISPTyV/2021.-
EXPTE Nº 246-660/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 ABR. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización “1 — Ministerio”, dependiente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, como se detalla a continuación:
CREASE:
PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL — Ley N° 4413
CARGO CATEGORÍA
2 A-1
ARTICULO 2°.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de Organización “1” Ministerio a la Arquitecta MEDINA, María Eleonor, CUIL N° 27-14787101-0, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTICULO 3º.- Desígnese en el cargo Categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Personal del Escalafón Profesional Ley N° 4413, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de organización “1” Ministerio a la Arquitecta GARCÍA, María Carolina, CUIL N° 27-2670191-1, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- Lo dispuesto en este presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de “Gasto en Personal’ asignadas a la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servidos Públicos, Tierra y Vivienda, U. de 0. “1” Ministerio para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a reatar el refuerzo de créditos que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 “Personal Contratado” de la U. de O. referida, las que de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-0101-96 Regularización Decreto N° 9316-G-2019 asignada a la Jurisdicción “IC Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6213 – Ejercicio 2021.‑
ARTICULO 5°.- A partir de la fecha del presente Decreto quedan resueltos los Contratos de Locación de Servidos suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y las Arquitectas MEDINA, María Eleonor y GARCÍA, María Carolina.-
ARTICULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTICULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR