BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 03/05/21

DECRETO Nº 2014-S/2020.-

EXPTE. Nº 733-405/19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Ténganse por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Bioq. Diego Martín Toffoli, CUIL 23-23946591-9, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O. R 6­ 01-23 Hospital “Dr. Wenceslao Gallardo”, con el adicional por Permanencia en el Servido de Guardia del 90%, sobre la categoría de ingreso, a partir del 12 de julio de 2019.-

ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Bioq. Diego Martín Toffoli, CUIL 23-23946591-9, correspondiente al 90% sobre la categoría de ingreso, a partir del 12 de julio de 2019, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley Nº 6149, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2020:

La partida 01-01-01-01-02-61 Bonificación por permanencia en servicios de guardia de Jur., asignada, a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo.‑

EJERCICIOS ANTERIORES – (Periodo no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 “P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. –

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. –

ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR