BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 03/05/21

DECRETO Nº 1961-E/2020.-

EXPTE. Nº 1056-11526-18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1° de enero del 2020 a la Categoría 24 Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N° 3161/74, a la Sra. Marta Liquin, CUIL N° 27-05287066-1, Personal de Planta Permanente, del Colegio N° 3 “Éxodo Jujeño” de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:

Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ley N° 6149, para la U. de O.: “F4” Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley 5502”.

ARTICULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3°, Anexo I, del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, notifíquese a la agente, pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, remítase a conocimiento de la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR