BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 03/05/21

Dra. Marisa E. Rendón, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3- Secretaria N° 5 de la Provincia de Jujuy, en el Expte, N° C-112166/18 caratulado: Ejecución de Honorarios: OVEJERO, RENE RUBEN c/ DOMINGUEZ, MARIA ELINA CARBONE, JUAN JOSE- VAN CASTER, NATALIA, se hace saber a la Sra. NATALIA VAN CASTER, el siguiente decreto que a continuación se trascribe:  San Salvador de Jujuy, 09 de Mayo del 2.018.- Proveyendo el escrito de fs. 24/24, téngase por presentado al Dr. Javier Alejandro García constituido domicilio legal y por parte, en nombre y representación del SR. RENE RUBEN OVEJERO, a merito del Poder General para Juicios que en copia debidamente juramentada acompaña a fs. 1/2 de autos.- Por promovida la presente Ejecución de Honorarios de conformidad con lo dispuesto por el Arts. 460, 461, 472 inc. 2do. y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de Pago, Ejecución y Embargo, en contra del SR. MARIA ELINA DOMINGUEZ, JUAN JOSE CARBONE y NATALIA VAN CASTER, hasta cubrir la suma de Pesos Dieciocho Mil Trescientos Cinco ($18.305.-) por capital reclamado, con más la suma de Pesos Nueve Mil Cien ($9.100.-) presupuestadas para responder a accesorias legales y costas del presente juicio, en el domicilio denunciado.  En defecto de pago,  trábese Embargo sobre bienes de sus propiedades, hasta cubrir dichas cantidades, requiéraseles la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravámen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores prendarios o Juez embargante. Acto seguido, cíteselos de Remate, para que dentro de los cinco días, para oponer excepciones legítimas si lo tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córraseles Traslado del pedido de intereses y costas y con las copias respectivas y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Para el cumplimiento de la presente medida comisiónese al Sr. Oficial de Justicia, con los recaudos y facultades inherentes del caso.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- Téngase presente el diferimiento de la Tasa de Justicia y los aportes hasta su oportunidad- Notifíquese Art. 154 del C.P.C…-  Fdo. Dra. Marisa E. Rendón- Juez- Ante Mi. Dra. María Laura López Pfister- Secretaria- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Secretaria: Dra. María Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 02 de Febrero de 2.020.-

 

03/05/07 MAY. LIQ. Nº 23465 $1.038,00.-