BOLETÍN OFICIAL Nº 52 – 03/05/21
Dr. Gustavo Alberto Toro-Juez- Dra. Romina y Alejandra Pérez Pro Secretaria de la Cámara Civil y Comercial- Sala IV- Vocalía 12, en el Expte. Nº D-028535/19, caratulado: Daños y Perjuicios: ARGOTA MICAELA LOURDES c/ ABRAHAM RUBÉN ORLANDO, AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, procede a notificar el decreto dictado en la causa de referencia y que se transcribe a continuación: “San Pedro de Jujuy 10 de mayo de 2019.- I.- Por presentado el Dr. Jorge Federico Toril, por constituido domicilio legal y por parte en nombre y representación de MICAELA LOURDES ARGOTA, a mérito de Escritura Pública N° 518/18. Registro Notarial N° 14, de Poder General para Juicios, que en copia juramentada acredita. II.- Téngase a los nombrados por deducida Demanda Ordinaria por Daños y Perjuicios en contra del demandado RUBÉN ORLANDO ABRAHAM, con domicilio en calle Paterson N° 357 de esta ciudad y admítase la misma, que se tramitará conforme las normas del Juicio Ordinario Oral (art. 287 del Cod. Proc. Civil). III.- Córrase traslado de la demanda interpuesta al accionado con las copias respectivas y en el domicilio denunciado, para que la conteste en el plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de tenerlo por contestada si no lo hiciere (art. 298 Cod. Proc. Civil), intimándolo asimismo a que constituya domicilio legal en el radio de 3 Km. del asiento de esta Sala bajo apercibimiento de notificarle las posteriores diligencias y resoluciones- cualesquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de ley (art. 52 Cod. Proc. Civil). IV.- A la Citación de Tercero en Garantía peticionada ha lugar, debiéndose notificar a la Razón Social AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA., con domicilio legal en calle 20 de Febrero N° 197, de la Ciudad de Salta, para que en el plazo establecido de quince (15) días hábiles, con más veinte (20) días hábiles en razón de la distancia (Art.193 Cod. Proc. Civil Art. 118 Ley 17.418 de Seguros), comparezca a estar a derecho en la presente causa. V.- Notifíquese a la Razón Social AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. por Carta Documento, facultándose a su diligenciamiento al Dr. Jorge Federico Toril y/o la persona que esta designe, previniéndole que deberá acreditar ante este Tribunal el envío de la notificación en el término de cinco (5) días hábiles, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido del medio notificatorio solicitado. VI.-… VII.- Notificaciones en Secretaria Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera inhábil. VIII.- Notifíquese.- Firmado: Dr. Gustavo Alberto Toro.- Vocal Presidente de Trámite. Ante mi Dra. Romina y Alejandra Pérez- Prosecretaria.- “San Pedro de Jujuy, 10 de febrero de 2021. I.- Téngase presente lo manifestado por la actora, y conforme las constancias de autos, notifíquese el proveído de fecha 10 de mayo de 2.019 (fs. 44) al demandado RUBÉN ORLANDO ABRAHAM por edictos, disponiéndose la publicación de los mismos por tres (3) en cinco (5) días en el Boletín Oficial y en un Diario de circulación de la Ciudad de San Pedro de Jujuy (art 162 Cod. Proc. Civil). II.- Notifíquese. Firmado: Dr. Gustavo Alberto Toro- Vocal Presidente de Trámite. Ante mi Dra. Romina y Alejandra Pérez Prosecretaria.- San Pedro de Jujuy, 25 de Marzo del 2021.-
28/30 ABR. 03 MAY. LIQ. N° 23423-23544 $1.038,00.-