BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 30/04/21

Adenda de Contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada “AGROPECUARIA LOS MANANTIALES S.R.L.” En la Ciudad de Perico, Provincia de Jujuy, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil veintiuno, se reúnen: los señores Aníbal Dante Solano, argentino, de 39 años de edad, soltero, de profesión Médico Veterinario, con documento nacional de identidad número 28.496.653, domiciliado en Manzana 15, Lote 05 s/n, Fiscales, Pampa Blanca, provincia de Jujuy, de tránsito en ésta; y Liliana de la Cruz Solano, argentina, de 38 años de edad, soltera, de profesión comerciante, con documento nacional de identidad número 29.933.042, domiciliada en calle Avda. Santa Fe N° 435, B° J.M. de Rosas, ciudad de Perico, provincia de Jujuy. Los comparecientes son personas mayores de edad y acreditan identidad de acuerdo a los documentos citados, y Dicen, se suscribe esta Adenda al contrato constitutivo de sociedad denominada AGROPECUARIA LOS MANANTIALES S.R.L. en adelante Contrato, firmado el 29 de Diciembre de 2021, con las siguientes cláusulas que se establecen a continuación: Objeto: La presente tiene por objeto modificar la cláusula Cuarta que quedará redactada de la siguiente manera: “La sociedad tendrá por objeto realizar por si o por terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: Comercial: a) Explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado bovino, ovino, porcino, caprino, equino, cabañeros, camélidos y de toda especie de animales de pedigrí; explotación de invernadas y cabañas para producción de animales de raza en sus diversas calidades, explotación de tambos; constitución, organización y explotación de feed-lot: compra y venta, importación y exportación, por mayor y menor de hacienda, faena de semovientes y animales de cualquier tipo y especie, incluyendo el trozado y elaboración y comercialización de carnes, subproductos y sus derivados; b) La producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferos, forrajeras, fibrosas, frutícolas, forestales, apícolas y granjeros, compra, venta, acopio de cereales, siembra, recolección de cosechas, plantaciones y multiplicación de semillas. Actuar como acopiadora de cereales, oleaginosos, cultivos industriales y todo otro fruto de la agricultura. Industrial: Podrá la sociedad realizar la fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos agropecuarios, como así también de materias primas e insumos necesarios para su elaboración, producción y comercialización, así mismo brindará la prestación de toda clase de servicios en plantas industriales propias o de terceros en cualquier punto del país o del extranjero especialmente matanza y/o faenamiento de animales bovinos, porcinos y avícolas, en establecimientos frigoríficos de terceros arrendados y/o propios, como así también producción y procesamiento de carnes bovinas, porcinas y/o aviar y sus derivados. Para el cumplimiento de los fines sociales, la sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con su objeto social, y en general para: comprar, vender, ceder y gravar bienes inmuebles, semovientes, marcas y patentes, títulos valores y cualquier otro bien mueble o inmueble; podrá celebrar contratos con la administración pública nacional, provincial o municipal, entes descentralizados, entidades autárquicas, empresas y sociedades del estado, sociedades de economía mixta; personas físicas o jurídicas ya sean estas últimas entidades civiles o comerciales, tenga o no participación en ellas; gestionar, obtener, explotar y transferir cualquier privilegio o concesión que los gobiernos nacionales, provinciales o municipales le otorguen con el fin de facilitar o proteger los negocios sociales, dar y tomar bienes raíces en arrendamiento; constituir sobre bienes muebles e inmuebles toda clase de derechos reales; efectuar las operaciones que considere necesarias con los bancos públicos, privados y mixtos y con las compañías financieras; efectuar operaciones de comisiones, representaciones y mandatos en general; realizar operaciones de importación y exportación; y en general efectuar cualquier acto jurídico tendiente a la realización del objeto social”. En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Perico.- ACT. NOT. Nº B 00618109- ESC. ABEL JUAN JOSE SEGOVIA- TIT. REG. N° 40- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 16 de Abril de 2021.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO.-

30 ABR. LIQ. Nº 23556 $507,00.-