BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 30/04/21

DECRETO Nº 2846-G/2021.-

EXPTE. Nº 259-38/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAR. 2021.-

VISTO:

La Ley Nacional Nº 26.485, Ley Provincial Nº 6.186 y el Convenio Suscripto con la Iniciativa Spotlight, y

CONSIDERANDO:

Que, el Gobierno de Jujuy a través del Consejo de la Mujer e Igualdad de Genero ha tomado la decisión de encarar el proceso de conformación del Sistema de Protección Integral de Derechos de las Mujeres y en este marco llevar a cabo el Desarrollo de Capacidades Estatales para el Fortalecimiento del Sistema de Protección Integral de las Mujeres, a partir de la Iniciativa Spotlight.-

Que, en cumplimiento de la citada normativa, se avanzo en la construcción de un Sistema Integral de Atención a mujeres y personas de la diversidad sexual, mediante la elaboración de un Manual Digital de Procedimientos para la Atención y Protección de Mujeres y Personas de la Diversidad Sexual que posee dos partes. La primer parte, esta conformada por los protocolos internos del Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Genero, mientras que la segunda parte esta conformada por Protocolos de Actuación Interministeriales.-

Que, conforme lo establecido por el Articulo 20º de la Ley Nº 6186, el Consejo Provincial de la Mujer diseño los protocolos que aseguran la prevención y abordaje integral de las situaciones de violencia de genero en la Provincia de Jujuy.-

Que, deviene necesario aprobar los Protocolos de Actuación Interinstitucionales destinados a los Ministerios de Desarrollo Humano, Seguridad y Salud.

Por ello, en uso de facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Apruébense los Protocolos de Actuación Interinstitucionales que como Anexo I “Protocolo de Actuación entre el Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Genero y el Ministerio de Seguridad ante situaciones de Violencia”; Anexo II “Protocolo de Actuación para Requisa, Alojamiento y examen Visumedico en personas LGBTIQA+” Anexo III “Protocolo de Actuación entre el Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Genero y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia”; y Anexo IV “Protocolo de Actuación entre el Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Genero y la Secretaria de Salud Mental del Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy” forman parte integrante del presente Decreto.-

ARTICULO 3°.- Para el cumplimiento de los Protocolos de Actuación Interinstitucionales, los plazos se computaran por días hábiles, salvo que se requiera tratamiento urgente y habilitación de días y horas.-

ARTICULO  4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, Salud, Desarrollo Humano y Seguridad.-

ARTICULO  5°.-  Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a los Ministerios de Salud, Desarrollo Humano y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR