BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 28/04/21
DECRETO Nº 213-E/2019.-
EXPTE Nº 1050-546-00.-
C/Agregados: 0740-069-13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Rectificase el Decreto N° 1940-H-04, de fecha 09 de septiembre de 2004, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Modificase la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N° 6113, como se indica:
SUPRIMESE:
Jurisdicción | C” | MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS |
U. de O. | 2-H | Unidad de Control Previsional |
FINALIDAD | 1 | Administración General |
Función | 7 | Administración General Sin Discriminar |
CATEGORIA N° DE CARGOS
Técnico II – Resolución N° 0071-A-13 1
TOTAL 1
CREASE:
Jurisdicción | F | MINISTERIO DE EDUCACION |
U. de O. | 4 | SECRETARIA DE GESTION EDUCATIVA |
FINALIDAD | 5 | ‘CULTURA Y EDUCACION |
FUNCION | 3 | EDUCACION MEDIA Y TECNICA |
ESCALAFON | HO | Escalafón General- Ley 3161/74 |
CANT. CARGOS CATEGORIA
1 20 (20) ADICIONAL POR MAYOR HORARIO 33%”
ARTICULO 2°.- Modificase la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N° 6113, como se indica:
TRANSFIERESE DE:
Jurisdicción “C” MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
- DE O 2-H Unidad de Control Previsional
Finalidad 1 Administración General
Función 7 Administración General sin Discriminar
Partidas Según detalle en Planilla Anexa I 399.583,00
A:
Jurisdicción F MINISTERIO DE EDUCACION
- de O. 4 SECRETARIUA DE GESTION EDUCATIVA
FINALIUDAD 5 CULTURA Y EDUCACION
FUNCION 3 EDUCACION MEDIA Y TECNICA
PARTIDA 1-1-1-1-1 Asignación de la Categoría 399.583,00
ARTICULO 3°.- Modificase el Artículo 2° del Decreto N° 1940-H-04, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 2°.-“Como consecuencia de lo dispuesto n el artículo anterior, adecuase a la Señora Mónica Graciela Colqui; D.N.I. N° 18.130.542 en el cargo Categoría 20 con Adicional por Mayor Horario (33%) del Escalafón General Ley 3161/74 y cumplirá un régimen horario de 40 horas de labor, en la Jurisdicción F- Ministerio dé Educación- U. de 0. 4- Secretaría de Gestión Educativa.-
ARTICULO 4°.- Modificase el Artículo 6° del Decreto N° 1940-H-04, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 6°.- “Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con la partida de Gastos en Personal que al efecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, para la Unidad de Organización: 4, Secretaría de Gestión Educativa de la Jurisdicción: F Ministerio de Educación- para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a efectuar las modificaciones de partidas y réditos presupuestarios que resulten necesarios.”-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 6°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente, en el Registro y Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a fin de que por Jefatura de Despacho se proceda a notificar de los términos del presente Decreto y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal, para su conocimiento y efectos de su competencia. Hecho vuelva al Ministerio de Educación para sus efectos archívese.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR