BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 28/04/21
DECRETO Nº 2191-S/2020.-
EXPTE. Nº 200-260/2014.-
y Agdo. Nº 700-362/2014 y Nº 721-804/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto el Decreto N° 5590-S-2014, de fecha 24 de octubre de 2014 y por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Téngase por promovida a la Sra. Sixta Cayetana Valencia, D.N.I. Nº: 10.300.610, al cargo categoría 24, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley 3161/74 por el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2014 al 01 de agosto de 2018.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demandará lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la partida presupuestaria que el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2020, Ley N° 6149, indica a continuación:
EJERCICIOS VENCIDOS
Con la partida de la Jurisdicción “L” DEUDA PUBLICA -3-10-15-1-27 “Gastos de Juicio contra Estado Pcial. – Fiscalía de Estado” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR