BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 23/04/21

El Dr. Enrique Rogelio Mateo, Pte. de Tramite en la Vocalía N° 4 de la Sala Segunda  de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C- 0096291/2017: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Pcipal. C-005962/2013.- BAUTISTA PRECENTA Y BAUTISTA NATIVIDAD c/ COLQUI NORBERTO y otros “hace saber el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 16 de marzo de 2021.- I.- Atento el estado de autos y lo solicitado a fojas 171, desígnese al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir, a quien se le dará en autos debida participación.- II.- Córrase traslado de la demanda a Norberto Colqui y/o sus herederos mediante publicación de edictos para que la contesten dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a contestar si así no lo hicieren (Art. 298 C.P.C.).- III.- Intimase a los accionados para que dentro del plazo señalado, constituyan domicilio legal dentro del radio de Asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las resoluciones posteriores por Ministerio de Ley.- IV.- Notificaciones en Secretaría martes y jueves, o el siguiente día hábil, si alguno de ellos fuere feriado.- V.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Enrique Rogelio Mateo- Juez- Ante Mi Dra. Marcela Vilte- Secretaria.”.- San Salvador de Jujuy, 23 de  Marzo de 2021.-

 

23 ABR. LIQ. N° 23477 $346,00.-