BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 23/04/21

DECRETO Nº 1920-S/2020.-

EXPTE Nº 721-154/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO  1°.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por la Dra. María Angélica Bejarano. CUIL 27-17451891-8, cargo categoría 24 horas, Ley N° 5498, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O. R6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson, con el adicional por permanencia en guardia del 30% a partir del 1 de diciembre de 2012 y en un 60% a partir del 1 de diciembre de 2.017.‑

ARTICULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar las partidas presupuestarias “03-10-15-01-26: “Para pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Dra. María Angélica Bejarano, correspondientes al 60%, a partir del 1 de diciembre de 2.017, por encontrarse prescriptos los períodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los artículos 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.‑

EJERCICIO 2020

La partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C. Paterson.‑

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de la Comunicación y Gobierno Abierto para su Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR