BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 23/04/21
La Cámara en lo Civil y Comercial- Sala III- Vocalía 8, a cargo de la Dra. Alejandra Caballero, Pte. de Trámite, en el Expte. C-157.175/20 Ejecución de Sentencia: AMADOR, HUGO GERARDO MATIAS c/ CHAÑI, SEBASTIAN OMAR, Notifica a Sebastián Omar Chañi la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 15 de mayo de 2020.- 1) Por presentado la Dra. Lorena Gisela Burgos Lizarraga con el patrocinio letrado del Dr. Daniel Agustini Canciani, por constituido domicilio legal y por parte y en nombre y representación de Hugo Gerardo Amador, a mérito de la copia de Poder General para Juicios agregado a fs. 02 de los autos principales.- 2) Téngase por promovido Incidente de Ejecución de Sentencia y en su mérito líbrese en contra del ejecutado, Sebastián Omar Chañi en el domicilio denunciado, Mandamiento de Pago y Ejecución, intimándolo al pago de la suma de sesenta y seis mil cincuenta y siete pesos con 45/100 ($66.057,45) concepto de Capital, con más la suma de Seis Mil Seiscientos Cinco Pesos con 74/100 ($6.605,74), presupuestada provisoriamente para accesorias legales.- Cítaselo de Remate, a fin de que, en el plazo de cinco (5) días, oponga excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Intímeseles a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kms. del asiento de esta Sala.- 3). Notifíquese (arts. 154 у 156 del С.Р.С.). San Salvador de Jujuy, 05 de febrero de 2021. 1). Atento al informe actuarial que antecede, habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C., líbrese edictos para la notificación del decreto de fs. 08, el que se publicará en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación del mismo, y que la copia para traslado se encuentra a disposición del demandado, en Secretaria de esta Vocalía nº 8.- 2) Notifíquese (art. 155 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 07 de Abril de 2021.- Dr. Augusto José Bonilla Secretario.-
21/23/26 ABR. LIQ. N° 23441 $1.038,00.-