BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 19/04/21

Dr. Fdo. Dr. Alejandro Hugo Domínguez- Vocal Presidente de Tramite del Tribunal del Trabajo de la Sala I Vocalía 1, de la ciudad de San Salvador de Jujuy y Presidente de Tramite en el Expediente: C-162439/20 Ejecución de Honorarios GIMENEZ LEONARDI CATTOLICA, PAOLA VIRGINIA c/ GIMENEZ ROSSI, MARIO EDUARDO y VELAZQUEZ MARTA IVONE, ordena se notifique a los demandados, el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 04 de agosto de 2020. 1.- Proveyendo al escrito de fecha 16 de julio de 2020, téngase por presentada a la Dra. Paola Virginia GIMENEZ LEONARDI CATTOLICA, por sus propios derechos y por constituido domicilio legal. 2.- Téngase por interpuesto incidente de ejecución de honorarios, y de conformidad con lo normado por los arts. 472 y 478 del C.P.C. de aplicación supletoria al fuero, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo a los demandados MARIO EDUARDO GIMENEZ ROSSI y MARTA IVONE VELAZQUEZ, a quienes se intima a abonar la suma de Pesos Cuarenta Mil Doscientos ($40.200) en concepto de capital por honorarios, con más la suma de Ocho Mil ($8.000) presupuestada para acrecidas. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de propiedad de los demandados hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial a los propios afectados y/o persona de responsabilidad o arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Así también requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuvieren en el término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de mandar adelante la ejecución. Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho no hubiere lugar. Intimase a los demandados para que en igual plazo constituyan domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las sucesivas resoluciones por Ministerio de la ley (art. 22 del C.P.T y 52 del C.P.T). Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Oficial de Justicia, con las facultades inherentes del caso. Facultase a la Dra. Paola Virginia Leonardi Gimenez Cattolica, y/o persona que la misma designe para el diligenciamiento de la presente medida. Notifíquese por cédula”.- “San Salvador de Jujuy, 09 de Marzo de 2021. 1.- Proveyendo al escrito de fs. 37, notifíquese el proveído de fs. 8 mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres veces durante cinco días, facultándose a la Dra. Paola V. Gimenez Leonardi Cattolica, a diligenciar la presente medida.- 2.- Notifíquese por cédula”.- Fdo. Dr. Alejandro Hugo Domínguez- Vocal Presidente de Tramite – Ante mí: Dra. María Silvina Arrieta – Secretaria.- S. S. de Jujuy, 16 de marzo de 2021.-

 

19/21/23 ABR. LIQ. Nº 23426 $1.038,00.-