BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 14/04/21

DECRETO N° 2827-E/2021.‑

EXPTE. N° 1056-15157-19.-

C/Agreg. 1056-1907-17

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAR. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.– Dispónese la adecuación de la Categoría 4 del Escalafón General a la Categoría A-1 del Escalafón Profesional Ley N° 4413, de la Sra. Norma Raquel Bonillo, D.N.I. N° 13.849.310, a partir de la fecha del presente Decreto, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1°, modificase la Planta de Personal asignado al Ministerio de Educación, como se indica a continuación:

SUPRIMASE DE:

JURISDICCION F MINISTERIO DE EDUCACION
U. DE O. 4 SECRETARIA DE GESTION EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACION
FUNCION 5 CULTURA Y EDUCACION SIN DISCRIMINAR
ESCALAFON HO Personal de Escalafón General — Ley N° 3161/74

Categoría 4      Total de cargos 1                    CUPOF Nº 151819

CREASE EN:

JURISDICCION F MINISTERIO DE EDUCACION
U. DE 0. 1 MINISTERIO DE EDUCACION
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACION
FUNCION 5 CULTURA Y EDUCACION SIN DISCRIMINAR
ESCALAFON E0 Personal de Escalafón Profesional — Ley N° 4413

 

Categoría Total de cargos CUPOF N° 22 ORGANISMO
A-1 1               228072       Junta Provincial de
Calificación Docente

ARTICULO 3°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 2°, modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2021, como se detalla a continuación:

TRANSFIERASE DE:

JURISDICCION F MINISTERIO DE EDUCACION
U. DE O. F4 SECRETARIA DE GESTION EDUCATIVA
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACION
FUNCION 5 CULTURA Y EDUCACION SIN DISCRIMINAR
PARTIDA      1-1-1-1-1 6 Asignación de Categoría         472.795,64

 

JURISDICCION k OBLIGACIONES DE CARGO DEL TESORERO
FINALIDAD 1 ADMINISTRACIÓN GENERAL
FUNCION 7 ADMINISTRACIÓN GENERAL SIN DISCRIMINAR
SECCION 1 EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 OPERACIÓN
PART, PPAL. 1 PERSONAL
PART. PCIAL. 1 PLANTA PERMANENTE
PART. S. PCIAL. 1 REMUNERACIONES
PARTIDA 23 Adecuación Personal Ley N°4413                 19.918,57

PARA REFORZAR A:

JURISDICCION F MINISTERIO DE EDUCACION
U. DE O. 1 MINISTERIO DE EDUCACION
FINALIDAD 5 CULTURA Y EDUCACION
FUNCION 5 CULTURA Y EDUCACION SIN DISCRIMINAR
SECCIÓN 1 EROGACIONES CORRIENTES
SECTOR 1 OPERACIÓN
PART. PPAL. 1 PERSONAL
PART. PCIAL. 1 PLANTA PERMANENTE
PART. S. PCIAL, 1 REMUNERACIONES
PARTIDA 9 Remuneración Básica—Personal Profesional 492.714,21

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 5°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión.- Cumplido, remítanse a conocimiento del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Educación para demás efectos de su competencia. Hecho, archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR