BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 23/03/16
EXPTE. Nº 500-320/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Dispónese que, el reconocimiento de la diferencia entre el importe proporcional percibido en el marco de Programa de Compensación Salarial Docente durante el ejercicio 2014, sujeto a convensión a sueldo básico, y el incremento en este último conforme las normas vigentes, se efectuará mediante el pago de un Suplemento No Remunerativo No Bonificable de carácter excepcional y transitorio, exclusivamente para los cargos de Maestro Especial de Jornada Simple, Maestro de Grado Jornada Completa y Maestro de Grado Albergue Anexo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR