BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 14/04/21
DECRETO Nº 2402-S/2020.-
EXPTE. Nº 714-3125/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 DIC. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2020 – Ley N° 6149, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION: “R” MINISTERIO DE SALUD
- de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”
SUPRIMASE
Categoría N° de Cargos
E 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
TOTAL 1
CREASE
Categoría N° de Cargos
A 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4418
TOTAL 1
ARTICULO 2º.- Téngase por designada interinamente a la Dra. MARIA GRACIELA PALCZEWICZ, CUIL 27-16251472-0, en el cargo categoría A 30 Hs., Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135/84 modif. N 4418, para cumplir funciones de Médica en la especialidad de Nefrología en la U. de O.: R6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 04 de junio de 2.019 y hasta el llamado a concurso para la cobertura del mismo.-
ARTICULO 3º.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos, ejercicio 2020, Ley N° 6.149, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2020
La partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización: 6-01-02 Hospital Pablo Soria. –
EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial 03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR