BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 14/04/21

DECRETO Nº 1558-CyT/2020.-

EXPTE. Nº 1301-3309-2017.-

Agdo. Nº 1301-48-2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 SET. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del expediente N° 1301-3309-2017, caratulado “D.G.A: Deuda Pública y agregado N° 1301-480-2017; a la “Partida 3-10-15-1-26-0 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2020, Ley N° 6149/19, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3º.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR