BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 12/04/21

DECRETO Nº 1453-S/2020.-

EXPTE. Nº 716-708/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 AGO. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por aceptada la renuncia a partir del 09 de agosto de 2.018 presentada por el Dr. RAUL SANTIAGO CHELI, CUIL 20-24367593-7, en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, quien cumplió funciones en el Hospital “San Roque”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Téngase por designado interinamente al Dr. JUAN JOSE MENENDEZ, CUIL 20-22164509-0, en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4135 modif. N° 4418, para cumplir funciones como Médico con especialidad en Gastroenterología en la U. de O.: RS 01-04 Hospital “San Roque”, a partir del 09 de agosto de 2.018 y hasta tanto concluya el llamado a concurso para la cobertura del mismo.-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto se atenderán con las Partidas Presupuestarias, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2020

La partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6149, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización: 6-01-04 Hospital San Roque.

EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):

Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26 para Pago Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 5°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR