BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 12/04/21

El Dr. Domingo Antonio Masacessi-Juez del Tribunal del Trabajo-Sala II-de la Provincia de Jujuy, presidente de trámite en el Expte. C-051316/15, caratulado: “Demanda laboral por despido: DURAN, SERGIO ENRIQUE c/ SEVEN GROUP SA y OTROS” ha dictado el siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, 15 de noviembre de 2016.- Téngase presente el informe actuarial que antecede.- Por presentado al Dr. Manuel Enrique Vivas en nombre y representación de Sergio Enrique Duran por parte y por constituido domicilio legal.- De la presente demanda y su ampliación córrase traslado a los de-mandado en los domicilio denunciado para que comparezcan a contestarla dentro del término de quince días para los demandado PROFIDIO IBARRA TORREZ y SEVEN GROUO; y quince días con más trece días en razón de la distancia para el codemandado PREVENCION ART S.A., bajo apercibimiento de tenérsela por contestada, si así no lo hiciere (Art. 51 del CPT).- Asimismo intímese para que en igual termino constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este tribunal, bajo apercibimiento de notificársele por Ministerio Ley (Art. 22 del CPT y 5 del CPC).- Notificaciones en Secretaria los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado.- Intimase al letrado presentante a presentar carta documento para control y firma por Secretaría a los fines de notificar a Prevención.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Domingo Antonio Masacessi Juez.- Ante Mi: Dra. Ana Lía Lambaré- Secretaria”, y el siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, 1 de marzo del 2021.- Atento a lo solicitado por el Dr. Manuel Enrique Vivas a fs. 125, hágase saber al mismo que como medida de mejor proveer, deberá notificar a los codemandados mediante la publicación de edictos en un diario local y en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días, a los fines de que tomen la debida participación, bajo apercibimiento de continuar el trámite en rebeldía (Art. 195 y conos. del CPC y 103 del CPT).- Facúltese al interesado a la confección y diligenciamiento de dichos edictos.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Domingo Antonio Masacessi- Juez.- Ante Mi: Proc. María Emilia Jure- Firma Habilitada”.- Se hace saber que el presente se libra a tenor de lo que disponen los arts. 24 de la CPT y 20 de la LCT, hallándose su trámite exento de pagos, sellados y tasas.- Secretaría, a los 29 días de Marzo del 2021.-

 

09/12/14 ABR. S/C.-