BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 31/03/21

DECRETO N° 1959-E/2020.-

EXPTE. N° 1056-1565/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorízase al Ministerio de Educación a imputar la erogación derivada del Expediente. N° 1056-1565-16, caratulado “SRA. ESTELA BEATRIZ URZAGASTI SOLICITA EL PAGO EN LA DIFERENCIA DE SUELDO DEL CARGO DE VICE DIRECTORA PROVISIONAL”, cuando por derecho corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, a la Partida 03-10-15-01-26 “Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, debiendo el organismo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas conforme las disposiciones vigentes.-

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para Publicación en forma sintética y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para conocimiento y difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, y a la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, para conocimiento y demás efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR