BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 31/03/21

DECRETO N° 1933-S/2020.-

EXPTE. N° 715-2754/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Téngase por cumplidos los servicios de guardia prestados por el Dr. Sergio Alejandro Insausti, CUIL 20-22777385-6, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6­-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, con el adicional por permanencia en guardia del 30 %, a partir del 27 de octubre de 2018.‑

ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Sergio Alejandro Insausti, correspondiente al 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 27 de octubre de 2018, a las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N° 6149, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2020

La partida de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción R Ministerio de Salud; Unidad de Organización 6-01-03 Hospital Héctor Quintana.‑

EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: “P/Pago de Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores” y conforme !a disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia; serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-

ARTÍCULO 3°.-  El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTICULO 4°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincia; de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR