BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 29/03/21
Adenda Aclaratoria al Acto Constitutivo de JUJUY GLOBAL SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S.).- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, el día 17 de Noviembre de 2020 comparecen los señores: 1. María Jimena Cabezas; D.N.I. 32.158.851, C.U.I.L. 23-3215851-4, argentina, nacida el 18/03/1986, casada, de profesión Licenciada en Administración de Empresas, con domicilio en calle Pasaje La Queñua Nº 30 – Bº Los Perales, San Salvador de Jujuy, correo electrónico: mjimenacabezas@gmail.com; 2. Mariano José Merubia, D.N.I. 27.727.072, C.U.I.L. 20-27727072-3, argentino, nacido el 05/02/1980, soltero, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, correo electrónico: merubia_mj@yahoo.com.ar; 3. Mariana Soledad González, D.N.I. 29.685.696, CUIL 27- 29.685.696 -2, argentina, nacida el 17/12/1982, casada, de profesión Licenciada en Administración de Empresas, con domicilio en calle Percherón esq. Alazán S/N, Bº El Establo, San Antonio, correo electrónico: marianagonzalez.msg@gmail.com; 4. Horacio Andrés Tamayo, D.N.I. 35.022.543, C.U.I.L. 23-35022543-9, argentino, nacido el 22/11/1989, soltero, de profesión Licenciado en Administración de Empresas, con domicilio en calle Leandro N. Alem Nº 356, Bº Centro de la Ciudad de Perico, Provincia de Jujuy, correo electrónico: horytamayo25@gmail.com; 5. Pablo Luciano Morales, D.N.I. 31.845.962, C.U.I.T. 20-31845962-3, argentino, nacido el 29/10/1985, soltero, de profesión Contador Público Nacional, con domicilio en calle Dos Hermanas N° 994, B° Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico: pablolmorales@hotmail.com y 6. Cintia Paola Vercellone, D.N.I. 30.766.268, C.U.I.L. 27-30766268-5, argentina, nacida el 26/04/1984, soltera, de profesión Licenciada en Administración de Empresas, con domicilio en calle Capitán Krausse Nº 539, 220 Viviendas, Bº Alto Comedero, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, correo electrónico; en adelante Los Socios, quienes ratifican bajo juramento no encontrarse comprendidos en ninguno de los supuestos previstos por el artículo 52 de la Ley 27.349, y arts. 157 y 264 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, y se reúnen a los fines de establecer de manera precisa y determinada Objeto de la Sociedad descripto en la Artículo Tercero del Acto Constitutivo de JUJUY GLOBAL SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S.). Asimismo, se detectó un error involuntario de tipeo al individualizar el domicilio legal y sede social en el Artículo Primero del acto constitutivo, dice “calle Arenales N° 1233 1er. Piso Oficina “G”, y debe decir, “calle Arenales N° 1233 1er. Piso Oficina “E”, lo que se subsana y aclara mediante la modificación del Artículo referido.- A tal efecto, declaran los socios que expresamente por instrucciones del Registro Público de Comercio vienen a circunscribir el alcance del referido objeto social y corregir la individualización del domicilio legal y sede social, por lo que se realiza la modificación del ARTÍCULO PRIMERO y TERCERO del mencionado contrato constitutivo, que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y Domicilio: La sociedad se denominará “JUJUY GLOBAL SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (JUJUY GLOBAL S.A.S.)” y tiene su domicilio legal y su sede social en calle Arenales N° 1233 1er. Piso Oficina “E” de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy y su correo electrónico contacto@jujuyglobalconsultora.com. Podrá establecer agencias, sucursales, filiales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.- ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto: la prestación de servicios profesionales relacionados con las ciencias económicas que incluyen el asesoramiento integral y de consultoría contable, económica y de administración en materia comercial, de recursos humanos, estudios de mercado, análisis financiero, responsabilidad social, comercio exterior, sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad. Asimismo, podrá actuar en la administración y gestión de propiedades inmuebles en general y en fideicomisos y/o fondos fiduciarios. Tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no les sean prohibidos por las leyes, este contrato y toda norma que le sea expresamente aplicable para lograr su objeto comercial.- La presente adenda forma parte e integra el ACTO CONSTITUTIVO DE JUJUY GLOBAL SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S.). Celebrado oportunamente entre las partes. En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares, todos de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 17 días del mes de Noviembre del 2020.- ACT. NOT N° B 00583980-00581711- ESC. PABLO ESTEBAN SARAVIA PEREZ, TIT. REG. N° 87- S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 17 de Marzo de 2021.-
JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
29 MAR. LIQ. Nº 23161 $507,00