BOLETÍN OFICIAL Nº 34 – 22/03/21
DECRETO Nº 8876-G/2019.-
EXPTE. Nº 200-114-2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAR. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase la actual Estructura Orgánico – Funcional de la Jurisdicción “A – GOBERNACIÓN, como a continuación se indica:
TRANSFIERENSE DE LA JURISDICCIÓN “A” – GOBERNACIÓN:
1) U. DE O.: “1” – GOBERNACIÓN
CARGO N° DE CARGOS
Coordinador de la Gobernación 1
SUBTOTAL 1
2) U. DE O.: “2-J” – SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO
CARGO N° DE CARGOS
– Coordinador de Tecnologias de la Información y 1
la Comunicación
SUBTOTAL 1
3) U. DE O. “2-J-2” – DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PRENSA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
CARGO N° DE CARGOS
20 1
SUBTOTAL 1
TOTAL 3
ARTÍCULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1° del presente Decreto, modificase la estructura orgánica funcional de la SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN como seguidamente se indica:
CRÉANSE:
CARGO N° DE CARGOS
JURISDICCIÓN: “A” – GOBERNACIÓN
- DE O.2″ – SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
- Coordinador de Políticas Públicas 1
- Coordinador de Gobierno 1
TOTAL 2
ARTICULO 3°.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo precedente modificase la denominación de la “COORDINACIÓN DE LA GOBERNACIÓN”: por la de “COORDINACIÓN DE GOBIERNO”, dependiente de la Secretaria General de la Gobernación.-
ARTICULO 4°.- Designase en el cargo de Coordinador de Políticas Públicas al abogado OSCAR IVAN LLOBET, D.N.I. N° 16.756.018.-
ARTICULO 5°.- Equipárese la Coordinación de Políticas Públicas al rango: jerarquía y remuneración de Secretario del Poder Ejecutivo.-
ARTICULO 6°.- Ratificase la designación de la señora ROSANA LILIANA RUIZ, D.N.I. N° 28.856.484, como Coordinadora de Gobierno de la Secretaria General de la Gobernación.-
ARTICULO 7°.- Déjase establecido que la remuneración de la Coordinadora de Gobierno de la Secretaria General de la Gobernación será equivalente a Director Provincial.-
ARTICULO 8º.- Apruébese la nueva estructura orgánico-funcional de Jurisdicción “GOBERNACION” que, como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.-
ARTICULO 9°.- Apruébese la nueva estructura orgánico-funcional de la SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION que, como Anexo II, fama parte integrante del presente Decreto.-
ARTÍCULO 10°.- Apruébense las funciones de las dependencias creadas por el presente ordenamiento y las de Jefatura de Despacho de la SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, detalladas en el Anexo HI, que forma parte integrante del presente.-
ARTICULO 11°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.-
ARTICULO 12°.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir del 1° de marzo de 2019.-
ARTÍCULO 13°.- El presente decreto será refrendado por los señores de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 14°.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión y sucesivamente a conocimiento de Contaduría de la Provincia: Dirección Provincial de Presupuesto: Dirección Provincial de Personal y Secretaria General de la Gobernación. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR