BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 30/03/16
Modificación Contrato Constitutivo de Descanzar S.R.L. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy a los 05 días del mes de Febrero de 2016, reunidas la Sra. Julieta Zarif, D.N.I. N° 22.777.317, de 43 años de edad, casada, de nacionalidad argentina, de profesión Arquitecta con domicilio en calle Obispo Muhn Nº 573, B° Ciudad de Nieva de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy; y la Sra. Valeria Zarif, D.N.I. N° 22.094.133, de 44 años de edad, casada, de nacionalidad argentina, de profesión Decoradora con domicilio en calle Bonfanti Nº 2447, Bº Bajo La Viña de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, en carácter de únicas socias de la firma DESCANZAR S.R.L. constituida por instrumento privado de fecha 23 de Diciembre de 2015, resuelven modificar las cláusulas tercera y cuarta del contrato social que en lo sucesivo tendrán la siguiente redacción: Tercera: La sociedad tiene por objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero, a la explotación hotelera ya sea en forma directa o asesorando a quienes estén a cargo de la misma; comprendiendo actividades afines relacionadas con el turismo receptivo que involucren la prestación y comercialización de servicios hoteleros y turísticos; y la explotación en establecimientos hoteleros de servicios gastronómicos, servicio de catering y todo otro servicio de gastronomía en cuanto resulten complementarios y accesorios de la actividad hotelera.- Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica a los efectos de realizar todo tipo de actos y operaciones relacionadas con aquel.- Cuarta: El capital social se fija en la suma de pesos DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000,00) dividido en cien cuotas de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500,00) valor nominal cada una, las que se encuentran totalmente suscriptas por los socios, según el siguiente detalle: la Sra. Julieta Zarif suscribe 50 cuotas y la Sra. Valeria Zarif suscribe 50 cuotas. El capital social se integra en este acto en un 25%, asumiendo los socios el compromiso de integrar el 75% restante en el plazo establecido por el art. 149 de la LGS.- Quedan subsistentes todas las demás cláusulas y condiciones del contrato social en cuanto no resultaren modificadas por el presente.- En el lugar y fecha indicados ut supra, se firman de conformidad y ante Escribano Público cuatro ejemplares.- ESC. MARIA CELESTE PEREZ, TIT. REG. Nº 91, S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 21 de marzo de 2016.-
MARTA ISABEL CORTE
P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
30 MAR. LIQ. Nº 123348 $130,00.-