BOLETÍN OFICIAL Nº 33 – 19/03/21

Tribunal de Familia, Sala I, Vocalía N° 3, en el Expte. N° C-138299/2019, caratulado “Aumento de Cuota Alimentaria: SEGOVIA, LOIDE MARINA c/ JUAREZ, JOSE LUIS en Exp. Principal C-057307/2015” se han dictado los siguientes proveídos: San Salvador de Jujuy, 21 de julio de 2020.- I.- Téngase presente lo informado por la actuaria precedentemente.- II.- Visto el informe actuarial que antecede y lo peticionado a fs. 46, hágase efectivo el apercibimiento con que fuera intimado el demandado, dese por decaído el derecho que dejó de usar y téngase  por contestada la demanda en los términos del art. 298 del C.P.C.- III.- Notifíquese de la presente en el domicilio real del demandado.- IV.- Comisiónese a la Dra. Bazan la confección y posterior diligenciamiento de las medidas ordenadas conf. Arts. 50 y 72 del C.P.C.- V.- Asimismo, remítanse los presentes autos a Ministerio Pupilar a los fines de que dictamine.- VI.- Notifíquese conf. Art. 155 del C.P.C.- Fdo. Dra. Martha Rosembluth-Jueza- Ante mi Dra. Daniela Nasif- Firma Habilitada.-Expte. C-138299.- San Salvador de Jujuy 03 de Diciembre de 2020.- Atento a lo solicitado en el escrito que antecede por la Dra. María Laura Bazán, ha lugar.- Hágase saber a la letrada que quedan a su cargo la confección y diligenciamiento de los edictos (art. 50. 72 del C.P.C.).- Notifíquese art. 155 del C.P.C.- Dra. Martha Rosembluth- Jueza- ante mi Dra. Elisa E. Marcet- Pro-Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 17 de febrero de 2021.-

 

17/19/22 MAR. LIQ. N° 22762 $1.038,00.-