BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/21

Nº 244.- Escritura Numero Doscientos Cuarenta y Cuatro.- Sección “A”.- Escritura Modificatoria y Complementaria de la Escritura Pública N° 135 de fecha 18/06/2019: solicitada por VILLANUEVA E HIJOS S.A. y otros.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a Diecisiete días del mes de Septiembre del año Dos mil diecinueve, ante mí, Escribana Andrea Raquel Romero Zampini, Titular del Registro Notarial número Cuarenta y cinco, comparecen los señores Carlos Alberto VILLANUEVA, argentino, Documento Nacional de Identidad número Diez millones doscientos treinta y dos mil ochocientos noventa y nueve, casado en primeras nupcias con Silvina Estela Sosa, nacido el 21/08/1952, de 66 años de edad, ingeniero, con domicilio real, legal y fiscal en calle Coronel Puch N° 638, P.B., Barrio Centro de esta Ciudad; MARCELO PABLO VILLANUEVA, argentino, Documento Nacional de Identidad número Veintiséis millones seiscientos veinticinco mil trescientos once, casado en primeras nupcias con María Jimena Jurado, nacido el 12/06/1978, con domicilio real, fiscal y legal en Prolongación Las Espuelas esquina Capitán Luis F. Cau, Barrio Bajo La Viña de esta Ciudad; LEONARDO CARLOS VILLANUEVA, argentino, Documento Nacional de Identidad número Veinticinco millones setecientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y cinco, nacido el 21/01/1977, casado en primeras nupcias con María Cecilia Cicero, con domicilio real, fiscal y legal en Juan Pasini Bonfanti 2507, Bario Bajo La Viña de esta ciudad; y FERNANDO CESAR VILLANUEVA, argentino, Documento Nacional de Identidad número Veintinueve millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ciento noventa y siete, nacido el 08/06/1982, soltero, con domicilio real, fiscal y legal en calle Coronel Puch N° 638, P.B., Barrio Centro de esta ciudad.- Los comparecientes son mayores de edad, hábiles y personas identificadas conforme la legislación vigente -art. 306 inciso b del C.C. y C.N.- Intervienen los nombrados en por sus propios derechos, mientras que el mencionado en primer lugar lo hace además en nombre y legal representación de VILLANUEVA E HIJOS S.A., CUIT 30-71025327-3, con sede y domicilio social, fiscal y legal en calle Coronel Puch N° 638, P.B., Barrio Centro de esta Ciudad, en su carácter de Presidente del Directorio, acreditando la existencia legal de “VILLANUEVA E HIJOS S.A.” y el carácter invocado con la siguiente documentación: 1.-) Escritura Pública de Constitución de Sociedad: “VILLANUEVA E HIJOS S.A.”, N° 234 de fecha 18 de Septiembre de 2.006, autorizada por el Escribano Luis Enrique Cabrera Granara; inscripta en el Registro Público de Comercio de Jujuy al Folio: 283, Acta Nº 277 del Libro I de Sociedades Anónimas y bajo Asiento Nº 6, al Folio: 160/170, al Legajo XII del Registro de Escrituras Mercantiles de Sociedades Anónimas; ambas en fecha 06 de Julio de 2007; 2.-) Escritura Pública de Modificación Constitución de Sociedad, N° 86 de fecha 14 de Mayo de 2.007, autorizada por el Escribano Luis Enrique Cabrera Granara; inscripta en el Registro Público de Comercio de Jujuy al Folio: 283, Acta Nº 277 del Libro I de Sociedades Anónimas y bajo Asiento Nº 6, al Folio: 160/170, al Legajo XII del Registro de Escrituras Mercantiles de Sociedades Anónimas; ambas en fecha 06 de Julio de 2007; 3.-) Escritura N° 131 de Aumento de Capital y Cambio de Domicilio de fecha 21/03/2012, autorizada por la Esc. Andrea Romero Zampini, inscripta bajo Asiento N° 2, al Folio 06/22, Legajo XVI del Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.A., en fecha 18/04/12; 4.-) Acta de Asamblea N° 52 del 25/10/2018, de designación de miembros del directorio; 5.-) Acta de Directorio N° 128 del 26/10/2018, de distribución de cargos en el directorio y 6.-) Acta directorio N° 139; instrumentos que otorgan facultades suficientes y en copia certificada se encuentran incorporados al legajo de comprobantes de la Escritura Pública N° 135 del 18/06/2019 de éste protocolo a mi cargo; doy fe.- Los comparecientes declaran: -que prestan conformidad a la incorporación de sus datos a los ficheros de la notaría y a las remisiones de cumplimiento, las que autorizan; y -que a la fecha no se registran sobre ellos restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad.- Exposición: Los comparecientes, en los caracteres invocados, manifiestan: PRIMERO: Que mediante Escritura Pública N° 135 de fecha 18 de Junio de 2019, autorizada por la Escribana autorizante, el señor Carlos Alberto Villanueva y la sociedad VILLANUEVA E HIJOS S.A, constituyeron “VILLANUEVA SERVICIOS MINEROS S.A.”, la cual se encuentra actualmente en trámite de inscripción en el Registro Público de la provincia de Jujuy.- SEGUNDO: Que en dicha escritura en “Cláusulas Complementarias: Designación del Órgano de Administración”, por un error material e involuntario se consigno que se designaba a los señores LEONARDO CARLOS VILLANUEVA, D.N.I. N° 25.784.585, argentino, nacido el 21/01/1977, casado en primeras nupcias con María Cecilia Cicero, mayor de edad, con domicilio real y legal en Juan Pasini Bonfanti 2507, Bario Bajo La Viña de esta ciudad; y FERNANDO CESAR VILLANUEVA, D.N.I. N° 29.494.197, argentino, nacido el 08/06/1982, soltero, mayor de edad, con domicilio real y legal en Cnel. Puch 638 PB, Barrio Centro de esta ciudad, como Directores Titulares, cuando en realidad fueron designados como “DIRECTORES SUPLENTES”.- TERCERO: Que conocen el contenido de la Resolución de la UIF N° 11/11 y que ni ninguno de ellos están incluido y/o alcanzado por la nómina de funciones de personas políticamente expuesta.- Por su parte los señores Leonardo Carlos Villanueva y Fernando César Villanueva, aceptan expresamente el cargo de DIRECTORES SUPLENTES y constituyen domicilio en los indicados en esta escritura. En éste mismo actos, los ya mencionados, declaran bajo juramento, que NO se encuentran comprometidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades previstas por el art. 206 y 264 de la Ley General de Sociedades 19.550 t.o.1984.- Todos los comparecientes dejan constancia que la presente escritura es modificatoria y complementaria de la Escritura Pública N° 135 de fecha 18/06/2019 de éste protocolo a mi cargo.- Previa lectura y ratificación firman los comparecientes, ante mí, doy fe.- Firmado: Hay cuatro firmas ilegibles, ante mí Andrea Romero Zampini, está mi sello notarial.- Concuerda con su Escritura Matriz, la cual autoricé en el Protocolo del Registro Notarial número Cuarenta y cinco, del cual soy Titular, doy fe.- Expido éste Primer Testimonio en dos fojas de Actuación Notarial número B-00092067 y B-00092068, para “VILLANUEVA SERVICIOS MINEROS S.A.”, en el lugar y a la fecha de su otorgamiento.- ESC. ANDREA R. ROMERO ZAMPINI – TIT. REG. N° 45- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día en conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 12 de Marzo de 2021.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

17 MAR. LIQ. Nº 22984 $507,00.-