BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 17/03/21

DECRETO Nº 1836-CyT/2020.-

EXPTE. Nº 1301-124-2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 NOV. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Autorizase al Ministerio de Cultura y Turismo a imputar la erogación derivada del expediente N° 1301-124-2019, caratulado “Deuda Pública Año 2.018” y agregados N° 1301-705-2018, N° 1301-724-2018-, N° 1301-831-2018, N° 1301-1166- 2018, N° 1301-1323-2018, N° 1301-1394-2018, N° 1301-1457-2018, N° 1301-1595 2018, N° 1301-1649-2018 y Nº 1301-1661-2018; a la “Partida 3-10-15-1-26-0 Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, previstas en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2020, Ley N° 6149/19, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo el organismo cumplir en materia de aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 3°.- Previa toma razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto, cumplido vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR