BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 01/04/16

Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial –Sala II- Vocalía 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-056712/2015 Caratulado: “Ordinario por Daños y Perjuicios: “Guanco Yolanda Remedios, Argamonte Mariano Alfredo y otros c/ García Rubén Avelino, Comisión Municipal Hipólito Irigoyen y Aseguradora Federal Argentina S.A. ha dictado el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre de 2015. Téngase por presentado al Sr. Luis Federico Vera por constituido domicilio legal en nombre y representación de la Sra. Yolanda Remedios Guanuco quien actúa por sí y en representación de sus hijos menores de edad Marlene Camila Argamonte y Rodrigo Angel Argamonte, y en representación de los Sres. Mariano Alfredo Argamonte y Elina Aldana Argamonte a mérito de la fotocopia de Poder General para Juicios que acompaña.- De la Demanda ordinaria interpuesta córrase Traslado a los accionados Rubén Avelino García, Comisión Municipal Hipólito Irigoyen y Aseguradora Federal Argentina S.A., en el domicilio denunciado y con las copias respectivas, para que la contesten dentro del término de quince dias hábiles con más la ampliación de diecinueve dias en razón de la distancia para el tercero de los nombrados, contados a partir de la notificación de la presente providencia, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho para hacerlo si así no lo hiciere (art. 298 del C.P.C.).- Intímase a los accionados para que dentro del plazo precedentemente señalado, constituya domicilio legal dentro del radio Asiento de éste Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle las posteriores providencias y resoluciones –cualquiera fuere su naturaleza- por Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Dése participación al Ministerio Pupilar.-Conforme art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de la cédula ordenada precedentemente.- Intímase al Dr. Luis Federico Vera para que en el término de cinco dias proceda a dar cumplimiento con el pago de aporte inicial, estampilla profesional, estampilla previsional y tasa de justicia, bajo apercibimiento de notificar a C.A.P.S.A.P. y Rentas.- Notifíquese por cédula y a la Aseguradora Federal Argentina S.A. mediante Carta Documento debiendo la parte interesada correr con los gastos que ello demande y con su confección.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina -Vocal- Ante mí: Analía Lorente -Pro Secretaria- Proveído: San Salvador de Jujuy, 08 de Marzo de 2016.- Atento el informe Actuarial que antecede y lo solicitado, dése por decaído el derecho a contestar la demanda a los Accionados Rubén Avelino García y Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen. Firme, se designará como representante del Sr. Rubén Avelino García y Comisión Municipal de Hipólito Irigoyen al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- Notifíquese por cédula y a los accionados en el domicilio denunciado.- Conforme Art. 50 y 72 del C.P.C. se impone la carga de confección de la cédula ordenada precedentemente.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina-Vocal- Ante mí: Dra. Rocío Gismano -Firma Habilitada- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces sen cinco dias

 

01/04/06 ABR. LIQ. Nº 123363 $270,00.-