BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 12/03/21

El Dr. R. Sebastián Cabana, Juez, de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaría Nro. 8, en el Expte. Nro. C-048028/15, caratulado: “Ejecutivo: CAPSAP c/ GREGORIO OVANDO”, procede a notificar el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 31 de Julio de 2017.- Atento las constancias de autos y lo manifestado precedentemente por la actora, notifíquese por Edictos a la parte demandada Sr. OVANDO, GREGORIO, D.N.I. Nº 21.321.363 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaría Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia, de conformidad a lo previsto por los arts. 472 y 478 del CPC., intímase al accionado a depositar la suma de Pesos Doce Mil Novecientos Cincuenta con Cuarenta Centavos ($12.950,40.-) que se reclaman por capital, con más la suma de Pesos Tres Mil Ochocientos Ochenta y Cinco ($3.885.-) para acrecidas legales.- Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas su las tuviere dentro de los cinco días posteriores de la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaría, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).- Asimismo  córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaría de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Por el mismo término intimase a la demanda a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado.- A tal  fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- Notifíquese y líbrese Edictos (Art. 154 CPC).- Fdo: Dr. R. Sebastian Cabana, Juez. Ante mi Dra. María Fabiana Otaola,  Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 22 de Septiembre de 2020.-

12/15/17 MAR. LIQ. N° 22811 $1.038,00.-