BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 12/03/21
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, en el Expte. Nº C-94.065/17, caratulado: Ejecutivo: “CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISIÓN SOCIAL DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY (C.A.P.S.A.P.) c/ CABRERA, BRUNO SEBASTIÁN” procede a notificar al demandado Sr. BRUNO SEBASTIÁN CABRERA, la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 21 de noviembre de 2019.- Autos y Vistos:…Resulta:…Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por CAPSAP en contra CABRERA BRUNO SEBASTIAN, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de Pesos Siete Mil Ochocientos Noventa ($7.890) con más los intereses que correspondan conforme a la tasa activa cartera Gral. (préstamos) nominal anual vencido a treinta días del Banco de la Nación Argentina, desde la mora hasta su efectivo pago, con más IVA si correspondiere.- 2) Diferir la regulación de honorarios hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos.- 3) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 4) Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por cédula y en lo sucesivo por Ministerio de Ley, (Art. 52 del C.P.C.).- 5) Firme la presente por secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 6) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.- Fdo: Diego Armando Puca (Juez) Ante mi: Silvana Tejerina (Secretaria).- Publíquese Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Secretaria: Dra. Silvana Tejerina.- San Salvador de Jujuy, 21 de Septiembre de 2020.-
12/15/17 MAR. LIQ. N° 22825 $1.038,00.-