BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 12/03/21
DECRETO Nº 1719-HF/2020.-
EXPTE Nº 514-26/2020.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 OCT. 2020.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las Resoluciones dictadas por la DIRECCION PROVINCIAL DE PRESUPUESTO, en el periodo comprendido entre el 01 y 31 de julio de 2020, que a continuación se detallan:
-Resolución N° 253 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 500-232/20;
-Resolución N° 254— DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 743-150/20;
-Resolución N° 255 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 735-94/20;
-Resolución N° 256 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 1414-227/20;
-Resolución N° 257 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 612-66/20;
-Resolución N°258 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 253-103/20;
-Resolución N° 259 y 260 — DPP – 2020, tramitadas en Expediente N° 713-426/20;
-Resolución N° 261 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 701-237/20;
-Resolución N° 262 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 600-353/20;
-Resolución N° 263 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 950-137/20;
-Resolución N° 264 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 600-354/20;
-Resolución N° 265 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 701-236/20;
-Resolución N° 266 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 660-230/20;
-Resolución N°267 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 1300-164/20;
-Resolución N° 268 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 500-264/20;
-Resolución N° 271 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 660-31/20;
-Resolución N° 272 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 612-94/20;
-Resolución N° 273 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 701-159/20;
-Resolución N° 274 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 701-197/20;
-Resolución N° 275 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 701-262/20;
-Resolución N° 276 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 719-236/20;
-Resolución N° 277— DPP -2020, tramitada en Expediente N° 701-207/20;
-Resolución N° 278 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 500-272/20;
-Resolución N°279 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 1102-47/20;
-Resolución N° 280 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 743-179/20;
-Resolución N° 281 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 664-23/20;
-Resolución N°282 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 759-1067/19;
-Resolución N° 283 — DPP -2020, tramitada en Expediente N° 660-161/20;
-Resolución N° 284 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 612-80/20;
-Resolución N° 285 — DPP – 2020, tramitada en Expediente N° 1100-132/20;
ARTICULO 2°.- Dispóngase que por Despacho de cada Ministerio interviniente se deberá proceder con la notificación correspondiente del presente Decreto a las Unidades de Organización de su dependencia, para las cuales se tramitó la aprobación de las resoluciones dictadas por la Dirección Provincial de Presupuesto obrantes en autos.‑
ARTICULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido remítanse estas actuaciones a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Ambiente, Ministerio de Desarrollo Humano, Secretaria General de la Gobernación, Ministerio de Cultura y Turismo, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Salud, Ente Regulador de Planificación Urbana; Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas. ‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR