BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 10/03/21

DECRETO Nº 2532-DEyP/2020.-

EXPTE. Nº 660-623/19.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 DIC. 2020.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Créase la U. de O. SUBDIRECCIÓN DE PARQUES INDUSTRIALES dependiente de la U. de O. Dirección de Industria y Comercio, de la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo III, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DESPACHO dependiente de la U. de O. Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo IV, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DESPACHO dependiente de la U. de O. Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo V, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE ÁREA DE MESA DE ENTRADA dependiente de la U. de O. Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo VI, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE EVALUACION Y CONTROL MINERO dependiente de la U. de O. Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo VII, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE PRODUCTORES Y FISCALIZACION MINERA dependiente de la U. de O. de a Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo VIII, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE PROMOCION DE MINERIA DE BAJA ESCALA dependiente de la U de O. Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos, de la Secretaria de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo, IX, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la U. de O. COORDINACIÓN DE DIGITALIZACIÓN dependiente de la U. de O. Juzgado Administrativo de Minas, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo X, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la ESCRIBANÍA ADJUNTA dependiente del Departamento de Escribanía de Minas, de la U. de O. Juzgado Administrativo de Minas, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo XI, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DESPACHO dependiente de la U. de O. Juzgado Administrativo de Minas, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo XII, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO GRAFICO dependiente de la U. de O. Juzgado Administrativo de Minas, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo XIII, que forma parte integrante del presente Decreto.

Créase la JEFATURA DE AREA DE MESA DE ENTRADA dependiente del Departamento de Escribanía de Minas, de la U. de O. Juzgado Administrativo de Minas, de la Secretaría de Minería e Hidrocarburos, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo XIV, que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- Modifícase la denominación de la U. de O. Dirección Provincial de Proyectos, Formación y Entrenamiento, dependiente de la Jurisdicción “P” MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN, por la de DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SERVICIOS BASADOS EN EL CONOCIMIENTO, cuyas misiones y funciones se consignan en el Anexo XV, que forma parte  integrante del presente Decreto.

Modificase la denominación de la U de O. Coordinación De Zonas Francas, por la de COORDINACIÓN DE INVERSIÓN LOCAL Y PYMES, dependiente de la U. de O. Secretaria de Desarrollo Industrial y Comercial, con una remuneración equivalente a la de Director Provincial

Modificase la remuneración del personal jerárquico ASESOR, dependiente del Ministerio de Desarrollo. Económico y Producción, la cual será equivalente a la de Director General.

Modifícase la remuneración del Coordinador Técnico Administrativo, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, la cual será equivalente a la de Director Provincial.

ARTICULO 3°.- Modifícase la planta de personal y la estructura orgánica funcional de la Jurisdicción “P” MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN, conforme se indica seguidamente:

  1. SUPRIMASE LAS U. DE O.: “DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROYECTOS, FORMACIÓN Y ENTRENAMIENTO”; y “COORDINACION DE ZONAS FRANCAS”:

 

CARGO     N° DE CARGOS
Director Provincial de Proyectos, Formación y Entrenamiento 1
Coordinación de Zonas Francas 1
TOTAL 2

 

  1. CREASE LAS U. DE O.: “SUBDIRECCIÓN DE PARQUES. INDUSTRIALES”; “DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SERVICIOS BASADOS EN EL CONOCIMIENTO”; “DIRECCIÓN GENERAL DE ACCIÓN COOPERATIVA”; y “COORDINACION DE INVERSION LOCAL Y PYMES”; “JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DESPACHO”; “JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DESPACHO”; “JEFATURA DE AREA DE MESA DE ENTRADA”; “JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE EVALUACION Y CONTROL MINERO”; “JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE PRODUCTORES Y FISCALIZACION MINERA”: ” JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE PROMOCION DE MINERIA DE BAJA ESCALA: “COORDINACIÓN DE DIGITALIZACIÓN”; “ESCRIBANIA ADJUNTA”: “JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE DESPACHO”; “JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO GRAFICO”: “JEFATURA DE AREA DE MESA DE ENTRADA”:

 

CARGO     N° DE CARGOS
Subdirección de Parques Industriales 1
Director Provincial de Servicios Basados en el Conocimiento 1
Coordinador de Inversión Local y PYMES 1
Coordinador de Digitalización 1
Escribano Adjunto 1
Jefe de Departamento de Despacho 3
Jefe de Área de Mesa de Entrada 2
Jefe de Departamento de Evaluación y Control Minero 1
Jefe de Departamento de Productores y Fiscalización Minera 1
Jefe de Departamento de Promoción de Minería de Baja Escala 1
Jefe de Departamento de Registro Gráfico 1
TOTAL 14

 

ARTICULO 4°.- Apruébase la Estructura Orgánica-Funcional de la Jurisdicción “P” del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción que, como Anexo I y II, forma parte integrante del presente Decreto; de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 5°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencias de créditos correspondientes a. los fines del cumplimiento del presente Decreto.-

ARTICULO 6°.- Una vez realizada la transferencia pertinente, lo dispuesto en este decreto se atenderá con la respectiva partida de gastos en Personal, previstas para el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, y en caso de resultar insuficiente, se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar las transferencias de Créditos necesarias tomando fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro, 1-1-1-1-1-20 para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción, y el Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 8°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, cumplido siga a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, y Dirección Provincial de Personal. Hecho, vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a sus efectos. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR