BOLETÍN OFICIAL Nº 27 – 05/03/21
DECRETO Nº 2513-S/2016.-
EXPTE Nº 744-296/15.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 NOV. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Reconocese al Dr. Domingo Julio Soruco, CUIL 20-18247106-3, categoría A (j-2), agrupamiento profesional, Ley N°4418, de la Dirección Provincial del Sistema de Asistencia Médica de Emergencia, el derecho a la percepción del adicional por permanencia en el servicio guardia del 30 % sobre la categoría de ingreso, con retroactividad al 1° de agosto de 2012, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con las partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2016
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 5877, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2 Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, la partida 1-1-1-1-2-153 “Regularización Adicionales Personal-Ministerio de Salud”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: “Para Pago de Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto y Oficina de Crédito Público. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. ‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR