BOLETÍN OFICIAL Nº 25 – 01/03/21

DECRETO Nº 10051-E/2019.-

EXPTE Nº 1061-923/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Dispónese la aplicación de la sanción expulsiva de EXONERACION de conformidad con lo dispuesto en el Articulo. 67° Inciso g) del Estatuto del Docente al SR. CÁNDIDO ANTONIO MÉNDEZ, D.N.I. N° 16.210.718, Maestro Especial de Técnica Agropecuaria, Titular, de la Escuela N° 299 “Grupo de Artillería de Montaña 5” de la Localidad de Lagunillas de Farallón, Departamento Rinconada, y en toda su situación de revista, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Instrúyase a la Junta Provincial de Calificación Docente Sala Primaria a, agregar copia del presente Decreto en el legajo personal del Sr. Cándido Antonio Méndez.-

ARTICULO 3°.- Por Jefatura de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar al Sr. Cándido Antonio Méndez, del presente acto administrativo.-

ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal, para su conocimiento y efectos de su competencia. Hecho, gírese al Ministerio de Educación, a sus efectos y archívese.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR