BOLETÍN OFICIAL Nº 25 – 01/03/21
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expte. N° C-138775/19, caratulado: “Ejecutivo: CARDOZO PAZ ELENA FRIDA c/ FERNANDEZ CANAVIRE JOSE ESTEBAN”, se hace saber al demandado JOSE ESTEBAN FERNANDEZ CANAVIRE la siguiente Providencia: “San Salvador de Jujuy, 8 de Octubre del 2020.- I.- Proveyendo a la presentación de fojas 55: Atento lo manifestado y constancias de autos, notifíquese la providencia de fojas 10 al demandado Sr. JOSE ESTEBAN FERNANDEZ CANAVIRE, mediante Edictos- Art. 162 del C.P.C.- II.- Notifíquese y expídase Edictos.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante Mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria”.- Providencia de fojas 10: “S.S. de Jujuy, 31 de Mayo de 2019.- Líbrese en contra del demandado Sr. JOSE ESTEBAN FERNANDEZ CANAVIRE, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de Pesos: Cincuenta y Dos Mil con 00/100 ($52.000,00), en concepto de capital con mas la suma de Pesos: Quince Mil Seiscientos con 00/100 ($15.600,00), calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio.- En defecto de pago, trábese embargo…, cíteselo de remate para que en el término de cinco días, concurra ante este Juzgado d Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 14, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante.- III.- Córrase traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual término que el antes mencionado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Asimismo también por el mismo plazo señalado se intimará a la demandada, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio Ley (Art. 52 del ítem).- Notifíquese y expídase Mandamiento.- Fdo: Dra. Lis Valdecantos Bernal –Juez- Ante Mí: Dra. Sandra Torres-Secretaria.- Publíquense Edictos en un diario local y en Boletín Oficial (Art. 162 del C.P.C.), por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dra. Sandra Torres-.- San Salvador de Jujuy, 8 de Octubre de 2020.-
24/26 FEB. 01 MAR. LIQ. Nº 22662 $1.038,00.-