BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 04/04/16

Dr. Juan Pablo Calderon- Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, de la Provincia de Jujuy, en el Ref. Expte. Nº B-224211/10, caratulado: Ejecutivo: CARSA S.A. C/ Tejerina Julio Cesar”, hace saber que en este Juzgado se tramita la presente causa, en la que se ha dictado la resolución que se transcribe a continuación: “San Salvador de Jujuy, 28 de setiembre de 2015 Autos y Vistos:..Resulta:.. y Considerando:..Resuelve: 1. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CARSA S.A., en contra de Tejerina Julio Cesar D.N.I 20.479.712, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 33/100 CTVOS.($3.796,33), con más el interés promedio de la tasa activa que establece el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (Art. 509 del C. Civil) y el cincuenta por ciento (50%) en razón de los punitorios, desde la mora y hasta el efectivo pago.2. Regular los honorarios profesionales del Dr. Francisco Javier Saidman Ros en la suma de PESOS DOS MIL ($2.000,00), por la labor desarrollada en autos, conforme Libro de Acordada Nº 17, Fº 325/326, Nº 179, del Superior Tribunal de Justicia. Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, conforme a la Doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en (L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235, en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 (Sala I-Trib. del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro), con más I.V.A. si correspondiere. 3. Notificar la presente resolución al accionado por edictos y las futuras por Ministerio de Ley. Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C., imponese al solicitante la carga de confeccionar el oficio correspondiente para su posterior control y firma, el que deberá presentarse en Secretaría. 4. Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. 5. Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.). 6. Firme la presente, intimase a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco dias, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente. 7. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P.- Fdo. Juan Pablo Calderon -Juez- Ante Mí: Silvina Rodriguez Alvarez-Secretaria.- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y en un diario local, tres veces en el término de cinco días.- Secretaria Nº 2, Dra. Silvina Rodriguez Alvarez-San Salvador de Jujuy, 05 de noviembre de 2.015.-

 

04/06/08 ABR. LIQ. Nº 123387 $270,00.-