BOLETÍN OFICIAL Nº 38 – 04/04/16

Dr. Hugo Cesar Moisés Herrera, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18 en el Expte. Nº A-52297/12 caratulado: CARSA S.A. c/ Claudio Ramón Chaile, procede a notificar al Sr. Claudio Ramón Chaile DNI 26.880.231 de la siguiente providencia que a continuación se transcribe San Salvador de Jujuy, 27 de Abril de 2011.- Téngase por presentado el Dr. Francisco Javier Saidman Ros por parte, en nombre y representación de CARSA S.A a mérito del Poder General para juicio que en copia juramentada acompaña, por constituido domicilio legal. Atento a lo solicitado y a la demanda ejecutiva deducida y a lo ordenado  por el art. 472,478 y correlativa del C.P.C, líbrese en contra del demandado Sr. Claudio Ramón Chaile  mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS UN MIL CINCUENTA Y CINCO CON 20/100 ($1055.20) en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS DOSCIENTOS ONCE ($211),  presupuestada para responder a accesorias legales,  intereses y costas del presente juicio…. y cítaselo de remate para que en el termino  de cinco dias con mas dos dias en razón de la distancia concurra ante este Juzgado y Secretaria a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Córrase traslado a la parte demandada del pedido de interés, con las copias respectiva y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo intímese a constituir domicilio legal dentro de los tres Km. del asiento del Juzgado bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por el Ministerio Ley (art. 52 del CPC). Para el cumplimiento de lo ordenado comisiones al Juez de Paz de Libertador General San Martin con las facultades inherentes del caso y a quien se librara el mandamiento u oficio respectivo el que deberá ser confeccionado por el promotor de autos- Fdo- Dra. Maria Cristina Lobos- Juez- Ante mi Dra. Maria Susana Sharif-Secretaria.- San Pedro de Jujuy 8 de Octubre de 2015.- I.- Atento a las constancias de autos y conforme se solicita en el escrito presentado por el Dr. Francisco Javier Saidman Ros, ordénese la notificación por edictos al demandado señor Claudio Ramón Chaile, conforme lo prevee el art. 162 del CPC. Para el caso que la demandada no se presente hacer valer sus derechos se le designara oportunamente un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes que por turno corresponda. II.- Notifíquese Fdo Dr. Hugo Moisés Herrera-Juez-Ante Mí Dra. Lilian Inés Conde-Secretaria.- San Pedro de Jujuy, 08 de Octubre de 2015. Notifíquese por edicto (art. 162 CPC) por tres veces en cinco días en Boletín Oficial y diario local.-

 

04/06/08 ABR. LIQ. Nº 123385 $270,00.-