BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 19/02/21

El Dr. Enrique Mateo, Vocal de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-055250/15 caratulado “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Principal C-017091/13: URZAGASTE CLARA LUISA c/ ALVAREZ PRADO MERCEDES” ha dictado las siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, 31 de Mayo de 2019.-….Advirtiendo que no se hizo efectivo el apercibimiento en caso de incomparencia a la accionada MERCEDES ALVAREZ PRADO y/o sus herederos (Art. 195 del C.P.C.), dése por decaído el derecho a contestar demanda a MERCEDES ALVAREZ PRADO y/o sus herederos…Fdo. Dr. Enrique Mateo-Juez. Ante Mi Dr. Néstor De Diego-Secretario.- Publíquese en Boletín Oficial y un diario local tres veces por el término de 5 días.- San Salvador de Jujuy, 10 de Febrero de 2.020.-

 

19/22/24 FEB. LIQ. N° 22646 $1.038,00.-