BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/21

N° 180.- Escritura Ciento Ochenta.- Protocolización de Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de “FRONTERA SOCIEDAD ANONIMA”.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los tres días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete, ante mi Sabrina Belén López Guerrero, Escribana Pública Autorizante, Adscripta al Registro Notarial Sesenta y Nueve, de la Escribana Titular Mariana Antoraz, Comparece: la señora Cristina María Cecilia CALVO, argentina, Documento Nacional de Identidad veinte millones quinientos veintiún mil cuatrocientos noventa y dos, nacida el día 25 de Octubre del año 1.968, C.U.I.L./T. N° 27-20521492-0, de profesión abogada, casada en primeras nupcias con Edgardo Omar Lafuente, con domicilio en calle Luis Agote 1.005, Barrio Los Perales de esta Ciudad.- Persona capaz para este acto y de mi conocimiento, doy fe, como así también la doy de que interviene en esta acto, en nombre y representación de la firma “FRONTERA SOCIEDAD ANONIMA”, C.U.I.T N° 30-68741570-8, con domicilio legal en calle Esperanza 331, Barrio Chijra de ésta Ciudad, en su carácter de  AUTORIZADA.- Y en el carácter invocado DICE: Que requiere mis servicios notariales a los efectos de elevar a Escritura Pública el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, labrada el día 20 de septiembre del año 2.017.- A tal fin procedo a transcribir el Acta correspondiente; cuyo original tengo a la vista para este acto, y en fotocopia agrego al Legajo de Comprobantes de esta escritura como parte integrante de la misma, doy fe.- I.- Transcripción: “Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria”.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 20 días del mes de Septiembre de 2017, siendo las 17 horas, se reúnen en la sede de la sociedad los Accionistas de FRONTERA S. A., que representan el  100 % del capital social y cuya asistencia  consta en el libro de Depósitos de Acciones y Asistencia o Asamblea N° 2. Abre la reunión el Presidente Sr. Edgüin Calvó, quien pone a consideración de los presentes el primer punto del Orden del Día: 1) Designación de dos accionistas para la firma del acta de asamblea. Toma la palabra el Sr. Presidente y propone que, tratándose de una asamblea unánime, todos los accionistas firmen la presente Acta, conjuntamente con el Sr. Presidente y también accionista. Sometida a votación la moción, resulta aprobada por unanimidad. A continuación, el Sr. Presidente pone a consideración de los Sres. Accionistas el segundo punto del Orden del Día: 2) Consideración de la reconducción del plazo de duración de la sociedad. Reforma del artículo segundo. Toma la palabra el Sr. Presidente quien manifiesta que se ha advertido que el plazo de duración de la sociedad fijado en sus estatutos se encuentra vencido. Dado que la sociedad continúa desarrollando sus actividades y aún no se ha designado ningún liquidador, el Sr. Presidente propone a los Sres. Accionistas que se analice la posibilidad de reconducir este plazo de duración conforme lo dispuesto por el artículo 95 de la Ley 19.550 (Ley General de Sociedades). Luego de un breve intercambio de opiniones, los Sres. Accionistas deciden por unanimidad la reconducción del plazo de duración de la sociedad por 99 años, a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio de la presente reconducción. A tal efecto, se propone la modificación del artículo segundo del estatuto social, conforme a la siguiente redacción: “ARTICULO SEGUNDO: La sociedad tendrá una duración de 99 años desde la inscripción registral de su reconducción en el Registro Público de Comercio”. Esta moción es aprobada por unanimidad. Acto seguido, se pone a consideración del tercer punto del Orden del Día: 3) Aprobación de los estados contables correspondientes a los ejercicios sociales finalizados el 30 de Junio de 2007 y subsiguientes, hasta los finalizados al 30 de Junio de 2016 inclusive. Motivo de su tratamiento fuera de término. Tratamiento de sus resultados. Atento que los últimos estados contables han sido oportunamente confeccionados pero no han sido aún objeto de un formal tratamiento por la Asamblea, y teniendo en cuenta que se ha producido el extravío de los libros societarios precedentes, la empresa no detenta las actas de aprobación correspondientes a los estados contables mencionados en este punto del Orden del Día. En este sentido, a fin de regularizar la situación, el Sr. Presidente propone someter a consideración de los Sres. Accionistas los estados contables indicados en el Orden del Día. La Sra. Accionista Marcela Carolina Calvó propone que se apruebe la documentación correspondiente a los estados contables sujetos a consideración, ya que la misma es de pleno conocimiento del los Sres. Accionistas. Luego de un intercambio de opiniones sobre la documentación presentada, se resuelve por unanimidad: (I) tener por leída la documentación pertinente dado que la misma ha estado a disposición de los Sres. Accionistas con la debida anticipación; (II) Aprobar la Memoria, Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Estado de Flujo de Efectivo, las Notas y Anexos correspondientes a los ejercicios sociales correspondientes a los ejercicios finalizados el 30 de junio de 2007, al 30 de junio de 2008, al 30 de junio de 2009, al 30 de junio de 2010, al 30 de junio de 2011, al 30 de junio de 2012, al 30 de junio de 2013, al 30 de junio de 2014, al 30 de junio de 2015 y al 30 de junio de 2016, en la forma que han sido presentados por el Directorio. Acto seguido, el Sr. Presidente informa que los ejercicios sociales han arrojado los siguientes resultados: a) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2007 ha presentado una ganancia neta de $62.391,98, producto del alquiler de camiones, que fue destinada a absorber las pérdidas de ejercicios anteriores, resultando el monto de pérdida cumulada de $1.005.380,63; b) el ejercicio social finalizado al 30 de junio de 2008 arrojó una pérdida neta de $339.660,22 producto de pago de moratorias impositivas, resultando el monto de pérdida acumulada de $1.345.040,85 c) el ejercicio finalizado al 30 de Junio de 2009 arrojó con una pérdida neta de $9.478,11, resultando el monto de la pérdida acumulada de $1.354.518,96 d) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2010 arrojó una pérdida neta de $9.477,58, resultando el monto de la pérdida acumulada de $1.363.996,54 e) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2011,arrojó una pérdida neta de $9.245,47, resultando el monto de la pérdida acumulada de $1.377.242,01 f) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2012 arrojó una pérdida neta de $9.226,13, resultando el monto de la pérdida acumulada de $1.382.468,14; g) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2013 arrojó una pérdida neta de $7.616,67, resultando el monto de pérdida acumulada de $1.390.084,81; h) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2014 arrojó una pérdida neta de $7.616,67, resultando el monto de la pérdida acumulada de $1.397.701,48; i) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2015 arrojó una pérdida neta de $25.086,36, resultando el monto de la pérdida acumulada de $1.422.787,84;y j) el ejercicio social finalizado al 30 de Junio de 2016 arrojó una pérdida neta de $25.086,36, resultando el monto acumulado de pérdida de $1.447.874,20. Las Pérdidas netas desde el ejercicio finalizado al 30 de junio de 2009 hasta el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2016, corresponden a amortizaciones de bienes de uso e intangibles. El Sr. Presidente recuerda que con posterioridad al cierre del ejercicio social finalizado el 30 de junio de 2016, la empresa ha podido llegar a un acuerdo con la Municipalidad de San Salvador de Jujuy en el marco del expediente caratulado “Frontera S.A. c/Municipalidad de San Salvador de Jujuy s/ejecución de sentencia”. En consecuencia, esta situación permite relanzar la actividad de la empresa y propone a los Sres. Accionistas que el resultado negativo quede registrado en la cuenta de Resultados no asignados no adoptando otro tipo de solución sobre las pérdidas acumuladas hasta el próximo cierre del ejercicio social. Luego de un breve debate, los Sres. Accionistas deciden aprobar por unanimidad la moción respecto al destino de los resultados de los ejercicios tratados. Acto seguido el Sr. Presidente toma la palabra y pasa a tratar el cuarto punto del Orden del Día: 4) Consideración del capital social y fijación de su monto. Reforma del artículo CUARTO. El Sr. Presidente expresa que, de acuerdo a lo revisado minuciosamente en los registros y en los organismos pertinentes, se ha podido constatar que los aumentos de capital social aprobados por asamblea que estaban registrados en los libros societarios extraviados y debidamente denunciados, no fueron objeto de su correspondiente inscripción ante el Registro Público de Comercio. Del análisis de la documentación en copia que se detenta, se constata que el capital social se ha fijado en la suma de $432.007,50 conformado por 43.200.750 acciones con valor nominal de $0,01. De esta manera, se propone modificar el artículo cuarto del Estatuto social, con la siguiente redacción: “ARTICULO CUARTO: El capital social es de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SIETE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($432.007,50), representado en cuarenta y tres millones doscientos mil setecientos cincuenta de acciones ordinarias de valor nominal de un centavo de pesos ($0,01) cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea de accionistas hasta el quíntuplo de su monto en conformidad con el artículo 188 de la Ley de Sociedades, la que establecerá la categoría de las acciones a emitirse en virtud del aumento, pudiendo delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago.”. Esta moción es aprobada por unanimidad. Acto seguido, se pasa a considerar el quinto punto del Orden del Día: 5) Reforma de Estatuto. Texto ordenado. En virtud de las decisiones adoptadas en la presente asamblea y teniendo en cuenta que también será necesario adaptar algunas disposiciones a la normativa vigente, se decide elaborar un texto ordenado del Estatuto Social, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denominará “FRONTERA SOCIEDAD ANONIMA”. Tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Jujuy. Podrá instalar oficinas, sucursales, filiales, establecimiento y establecer otro tipo de representación en el país o en el extranjero. ARTICULO SEGUNDO: La sociedad tendrá una duración de 99 años desde la inscripción registral de su reconducción en el Registro Público de Comercio. ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociados a terceros las siguientes actividades: a) Comerciales mediante la compraventa, permuta, importación o exportación de cualquier clase de bienes directa o indirectamente por consignación, mandato, comisión y representación; b) Industriales: para la producción, fabricación, transformación o elaboración que cualquier clase de bienes o productos; c)Financieras: mediante inversión y aporte de capitales particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios presentes o futuros, compraventa de títulos acciones u otros valores mobiliarios, nacionales o extranjeros, otorgamiento de créditos en general sean o no garantizados y toda clase de operaciones financieras, con excepción de las contempladas en la ley de entidades financieras y toda otra que requiera concurso público; d) Inmobiliarias: por la adquisición y venta de cualquier forma y administración de bienes raíces, incluso en propiedad horizontal, urbanos y rurales; e) Agropecuarias: mediante la explotación de campos propios o arrendados, dedicados a la agricultura, ganadería y forestación; f) Servicios Públicos y/o Privados; por concesiones, permisos o licencias, nacionales, provinciales , municipales o de particulares, la que podrá ejecutar por si asociados a terceros o a través de estos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. ARTICULO CUARTO: el capital social es de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SIETE PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($432.007,50) representado en cuarenta y tres millones doscientos mil setecientas cincuenta acciones de valor nominal de un centavo de pesos ($0,01) cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la asamblea de accionistas hasta en un quíntuplo de su monto en conformidad con el artículo 188 de la Ley de Sociedades, la que establecerá la categoría de las acciones a emitirse en virtud del aumento, pudiendo delegar en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago. ARTICULO QUINTO: Las acciones serán ordinarias y nominativas no endosables. Las acciones y certificados que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la Ley de Sociedades. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción. ARTICULO SEXTO: En caso de mora en la integración del capital el directorio queda facultado para proceder de acuerdo a lo determinado en el artículo 193 de la Ley de Sociedades. ARTICULO SEPTIMO: la administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de tres y un máximo de siete, con mandato por un año. La asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjesen en el orden de su elección. Los Directores en su primera reunión deberán nombrar un presidente y un vicepresidente que remplazará a aquel en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por la mayoría de los votos presentes. La asamblea de accionistas fija la remuneración del Directorio. ARTICULO OCTAVO: En resguardo del correcto cumplimiento de sus funciones, los Directores deben prestar una garantía conforme los montos y modalidad que determine la normativa vigente. ARTICULO NOVENO: El Directorio tiene todas aquellas facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo noveno del decreto de la ley número 5965 del año 1963. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con los Bancos de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, Hipotecario Nacional, de la Provincia de Jujuy y demás instituciones financiera, oficiales y privadas; establecer agencias, sucursales u otra especie de representación dentro y fuera del país; otorgar a una o más personas poderes para asuntos judiciales -inclusive para querellar penalmente- o administrativos, generales o especiales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente, entendiéndose esta enumeración de carácter enunciativo, suscribiendo por medio de sus representantes legales o designados a tal efecto, todos los instrumentos públicos o privados que sean necesarios al igual que las escrituras tendientes al cumplimiento del objeto social y a la ejecución de las resoluciones de la asamblea de accionistas y del directorio. ARTICULO DECIMO: La representación de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al vicepresidente, en su caso, quienes tienen el uso de la firma de la sociedad indistintamente. ARTICULO DECIMO PRIMERO: El directorio podrá encomendar a alguno de sus miembros tareas específicas relacionadas directamente con la dirección y administración de la sociedad, con la remuneración que fije la asamblea. Podrá asimismo delegar la parte ejecutiva de las operaciones sociales en uno o más gerentes cuya designación podrá recaer entre los miembros del Directorio. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de un síndico titular y un síndico suplente quienes duraran un año en sus funciones. ARTICULO DECIMO TERCERO: Toda asamblea de accionistas deberá ser citada en la forma establecida en el artículo 237 de la ley de Sociedades, sin perjuicio de lo que esta norma dispone para la asamblea unánime. ARTICULO DECIMO CUARTO: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho a un voto. ARTICULO DECIMO QUINTO: Rigen el quórum y mayoría determinado en los artículos 243 y 244 en la ley de Sociedades, según la clase de la asamblea, convocatoria y materia que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda convocatoria, la que se considera constituida cualquiera sea el número de accionistas presentes con derecho a voto. ARTICULO DECIMO SEXTO: Los accionistas podrán hacerse representar en la asamblea mediante carta poder dirigida al directorio de acuerdo a lo establecido en el artículo 239 de la ley de Sociedades. ARTICULO DECIMO SEPTIMO: El ejercicio Social se cierra el 30 de junio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio por el procedimiento establecido para la modificación del estatuto social inscribiendo la modificación pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de control. Las ganancias realizadas ilíquidas se destinarán: a) 5 por ciento hasta alcanzar el 20% del capital suscrito, para el fondo de reserva legal; b) a remuneración del directorio y sindico, en su caso; c) al pago de dividendos de las acciones preferidas y con prioridad a los acumulativos impagos; d) el saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias y a fondos de reservas facultativos o de previsiones o a cuenta nueva o al destino lo que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. ARTICULO DECIMO OCTAVO: La liquidación de la sociedad puede ser efectuada por el directorio o los liquidadores designados por la asamblea bajo la vigilancia del síndico. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas. Los honorarios de los liquidadores serán establecidos por la asamblea en el acto de resolverse la liquidación, siendo facultativo de la misma asamblea; prevenir el reemplazo de los directores o liquidadores en caso de fallecimiento o incapacidad que alguno de ellos.” 6) Informe de cesiones de acciones realizadas por los socios. A continuación, el Sr. Presidente manifiesta que le han sido comunicadas las siguientes cesiones de acciones de la sociedad: a) con fecha 2/2/17, la Srta. María Eugenia Salas Velarde transfirió la totalidad de su participación accionaria al Señor Edgüin Calvó, equivalente a 4.320.075 acciones; b) con fecha 13/6/17, el Sr. Edgüin Calvó cedió a la Sra. Marcela Carolina Calvó la cantidad de 30.240.524 acciones; c) con fecha 20/07/17, el Sr. Edgüin Calvó cedió al Sr. Rodrigo José Sueiro y Sueiro la cantidad de 4.320.075 acciones. En este sentido, el Sr. Presidente propone cancelar los títulos accionarios en circulación y la emisión de nuevos títulos que reflejen la nueva composición accionaria, teniendo en cuenta las tenencias accionarias originarias y las cesiones efectuadas. Los Sres. Accionistas toman debida nota de las cesiones realizadas y aprueban por unanimidad la cancelación y emisión de nuevos títulos accionarios. De esta manera se autoriza al Sr. Presidente para que proceda a tales efectos y emita los siguientes títulos: Titulo N° 1: a favor de la Sra. Marcela Carolina Calvó por 30.240.524 acciones ordinarias, nominativas no endosables de V.N$0,01 cada una y un voto por acción- Titulo N° 2: a favor del Sr. Ricardo Ángel Mecca por 6.480.113 acciones ordinarias, nominativas no endosables de V.N$0,01 cada una y un voto por acción- Titulo N° 3: a favor del Sr. Rodrigo José Sueiro y Sueiro por 4.320.075 acciones ordinarias, nominativas no endosables de V.N$0,01 cada una y un voto por acción- Titulo N° 4: a favor del Sr. Edgüin Rogelio Calvó por 2.160.038 acciones ordinarias, nominativas no endosables de V.N$0,01 cada una y un voto por acción.- Acto seguido, se pasa a tratar el último punto del Orden del Día: 7) Autorizaciones: Para proceder a la inscripción de lo aquí resuelto, se autoriza a Cristina María Cecilia Calvó y/o a quien ella designe a presentarse ante el Registro Público de Comercio y/u otros organismos competentes para efectuar los trámites pertinentes de las decisiones adoptadas en la presente asamblea. Luego de ello, y finalizado el tratamiento del Orden del Día, se da lectura a la presente acta y, en prueba de aceptación y conformidad, se levanta la sesión siendo las 20 horas. Lo sobre escrito “2010” vale.- HAY CUATRO FIRMAS ILEGIBLES. LO TRANSCRIPTO ES COPIA FIEL del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, obrante en el Libro de Actas N° 2, labrada en los folios 8 al 19, correspondiente a la Razón Social “FRONTERA SOCIEDAD ANONIMA” que se encuentra debidamente habilitado por el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, e inscripto al Folio 118, Asiento 115, Libro I de SOCIEDADES ANONIMAS, en fecha 3 de diciembre de 2.013, doy fe.- Se dejan constancia que el Libro N° 2 se rubrica por extravío del Libro N° 1, ordenado por el Juez de Comercio N° 4, mediante Expte. N° C-002097/13, caratulado “FRONTERA S.A. RUBRICA DE LIBROS”. Secretaria, 3 de diciembre de 2.013.- hay una firma ilegible inserta en el original con un sello aclaratorio que textualmente dice: “MARTA I. CORTE-SECRETARIA-JUZGADO DE COMERCIO”.- II. ACREDITACION DE REPRESENTACION: La compareciente acredita la existencia legal de la Sociedad con la siguiente documentación: a) Constitución de Sociedad mediante Escritura Publica 83 de fecha 26 de Junio de 1989, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, Titular del Registro Notarial 18 de ésta Ciudad, cuyo Primer Testimonio se encuentra debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy al Folio 118, Acta 115 del Libro I de S.A. y Registrado con copia bajo Asiento 2, Folio 18/22, Legajo II, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.A, ambas en fecha 19 de Marzo del año 1.996, b) Aumento de Capital, Modificación y Adecuación de Estatuto Social, autorizado mediante escritura Publica 257, de fecha 13 de Agosto del año 1.998, autorizada por ante la Escribana Norma Raquel Cháves de Ledesma, Titular del Registro Notarial N° 44, de ésta Ciudad; Registrado con copia en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, bajo asiento 16, Folio 49/57, Legajo II, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles Marginales de S.A, con fecha 02 de Septiembre del año 1.998, y acredita su carácter e intervención mediante AUTORIZACON expresa otorgada a su favor, para presentarse ante el Registro Público de Comercio y/u otros organismos competentes para efectuar los trámites pertinentes para proceder a la inscripción de las decisiones adoptadas en el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria, de fecha 20 de Septiembre de 2017, objeto de esta protocolización.- Instrumentos que acreditan facultades suficientes para suscribir el documento que antecede, doy fe. Declarando la firmante que los mismos se encuentran vigentes, no habiendo sufrido modificación ni limitación alguna.- III. ROGACIÓN: La requirente ruega expida Primer Testimonio de la presente y libera a la Escribana Autorizante de realizar todas las diligencias que fueren menester para obtener la inscripción de la presente en el Juzgado de Comercio de la Provincia.- IV. LEGAJO DE COMPROBANTES: Agrego al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente escritura un ejemplar en fotocopia del acta precedentemente transcripta y la documentación referida en el punto II que antecede, doy fe.- Previa lectura y conformidad, firma la requirente, todo por ante mí, Escribana Autorizante, doy fe.- Hay una firma ilegible con su correspondiente aclaración de puño y letra que textualmente dice “CRISTINA M.C. CALVO”.- Está mi firma y sello Notarial.- Concuerda fielmente con su escritura matriz, que pasó ante mí a los folios 410 al 416 del Protocolo Sección “A” de la Adscripción al Registro Notarial Sesenta y Nueve, a mi cargo, doy fe.- para LA RAZON SOCIAL: “FRONTERA SOCIEDAD ANONIMA”, expido este PRIMER TESTIMONIO en SIETE hojas de Actuación Notarial números B00002336, B00002337 y desde la B00004185 a la B00004189, las que firmo y sello en el lugar de su otorgamiento.- ESC. SABRINA BELÉN LOPEZ GUERRERO-ADS. REG. N° 69, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en Boletín Oficial por un día en conformidad al art. 10 de la ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 08 de Febrero de 2021.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO

12 FEB. LIQ. Nº 22593 $617,00.-