BOLETÍN OFICIAL Nº 18 – 12/02/21

Dr. Esteban Javier Arias Cau Vocal Habilitado Cámara en lo Civil y Comercial Sala I Voc. 2, en el EXPTE. Nº C-148349/19 caratulado “BANCO MASVENTAS S.A. c/ BARRANCOS PAULA VALERIA S/ORDINARIO POR COBRO DE PESOS POR SERVICIOS/TARJETAS DE CRÉDITO” se procede a notificarle del siguiente decreto: “San Salvador de Jujuy, 17 de Octubre de 2019.- 1) Téngase por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar por parte y en representación de BANCO MAS VENTAS S.A.  a mérito de la copia de poder general para juicios debidamente juramentado que acompaña y por constituido domicilio legal.- 2) De la demanda Ordinaria por Cobro de Pesos en contra de  PAULA VALERIA BARRANCOS córrase traslado en el domicilio denunciado y con la copias respectivas, de la demanda y su ampliación para que la conteste  en el plazo de Quince Días (15); bajo apercibimiento de tenérsela por contestada en los términos del art. 298 del C.P.C. e intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de que si así no hiciera se lo notificara mediante  Ministerio de Ley, (art. 2, 54 y 154 del CPC).- 3) Notificaciones en Secretaria, los días martes y  jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuera feriado.- 4) Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau-Vocal Habilitado- Ante mí: Dra. Malvina Pedrazzani-Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 24 de Noviembre de 2020.- 1) Atento el informe actuarial que antecede, avocase la suscripta como Presidente de Tramite de la presente causa. 2) Proveyendo al escrito de fs 80, a lo solicitado por el  Dr. Carlos A. D. Aguiar   y atento  las constancias de autos, notifíquese a la Sra. PAULA VALERIA BARRANCOS DNI 25.985.577 la demanda incoada en su contra, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy  y un Diario de Publicación Local tres veces en cinco días citándose y emplazándose a la demandada a fin de notificar la demanda  en su contra en el plazo de quince días  que comienzan a correr a partir del quinto día de la última publicación (art. 162 del C.P.C).- 3) Facultándose para el diligenciamiento del mismo al Dr. Aguiar y/o la persona que esta designe.- Conforme lo dispuesto en el Art 72 del CPC, deberá la interesada confeccionar los edictos y presentarlos para control y firma por ante Secretaria.- 4) Notifíquese por cédula. Dra. Norma Amalia Jiménez-Vocal Habilitada- Ante mí: Dr. Ignacio José Guesalaga- Secretario.- San Salvador de Jujuy, a los 30 días del mes de Noviembre del 2020.-

 

10/12/17 FEB. LIQ. N° 22479 $1.038,00.-